Descripción
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ReferenciaA570
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Descripción
Subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes, para el mantenimiento y la mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2024.
Las inversiones subvencionables deberán haber sido realizadas durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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04/11/2024Resolución de la convocatoria
Se abre plazo de justificación de la subvención del 5 al 18 de noviembre de 2024.
Pulsa TRAMITAR para acceder a los modelos indicados.
Orden 1966/2024, de 25 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
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28/08/2024Lista definitiva de admitidos y excluidos
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso de alzada del 29 de agosto al 30 de septiembre de 2024.
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24/07/2024Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de subsanación del 26 de julio al 8 de agosto de 2024.
La presentación de subsanaciones se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/06/2024 Fecha de fin: 19/07/2024
Destinatarios
Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que tengan una población de derecho entre 2.500 a 20.000 habitantes según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del Padrón Municipal, a fecha de publicación de esta convocatoria.
Requisitos
- No estar incursos en ninguna de las causas de prohibición recogidas en la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Estas obligaciones se considerarán cumplidas cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión, como consecuencia de impugnación. Esto deberá acreditarse mediante la presentación de copia de la resolución en la que se concedan los aplazamientos, fraccionamientos o se acuerde la suspensión. En cualquier caso, el órgano gestor solicitará de oficio el certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Estos requisitos deberán mantenerse hasta la finalización de la tramitación del procedimiento subvencionado, incluyendo las fases de justificación y reconocimiento de las obligaciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificación del Secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud de subvención por el órgano municipal competente. En el caso de que un ayuntamiento solicite subvención para más de una actuación, dicha certificación deberá detallar, de forma individualizada, la denominación y el presupuesto de cada una de las inversiones, que no podrá superar el número de dos.
- Certificación del Secretario del ayuntamiento, acreditativa de la titularidad municipal de la instalación deportiva en la que se vaya a realizar la actuación objeto de subvención.
- Proyecto de ejecución firmado por un arquitecto o técnico competente y aprobado por el órgano municipal correspondiente, en los casos que proceda. En los casos en los que el proyecto no proceda, se deberá aportar informe o memoria valorada firmada por un arquitecto o técnico competente en la materia.
- Certificado del secretario de la corporación de aprobación del proyecto por el órgano competente, en su caso.
- Declaración responsable que se incluye en el impreso de solicitud, por la que el ayuntamiento solicitante declara bajo su responsabilidad que acepta las bases de la convocatoria, que cumple los requisitos exigidos en la misma, que no se halla incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que la actuación o actuaciones para las que se solicita subvención no se encuentran incluidas en el programa de inversión regional vigente.
- Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Cuantía total
El importe total destinado a esta convocatoria es de 1.263.000 euros.
Importe máximo de subvención por Ayuntamiento será de 30.000 euros y no podrá superar el número de dos inversiones.
Para dudas o consultas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico:
coordinaciondeportes@madrid.org
Tramitación
Mediante resolución del Director General competente en materia de Deportes, se determinará la relación provisional de todas las solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión. El interesado tendrá un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación para subsanar las deficiencias. En caso de que no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.
A continuación, el Director General competente en materia de deportes, dictará resolución con la relación definitiva de admitidos y la desestimación del resto de solicitudes.
La resolución del procedimiento se efectuará mediante Orden del Consejero competente en materia de deportes a la vista de la propuesta elevada por el Director General competente.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Normativa
- Extracto de la Orden 1062/2024, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes, para el mantenimiento y la mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2024 (BOCM nº 145, de 19 de junio).
- Orden 767/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas al mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales en los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes (BOCM nº 102, de 30 de abril).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).