Descripción
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Referencia84023
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Descripción
Procedimiento para financiar a los municipios los gastos de inversión que resulten necesarios para la gestión municipal que no hayan sido incluidos en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/08/2018 Fecha de fin: 06/09/2018
Requisitos
1. Ser municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero de 2017 tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
2. Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
* CuantíaLa cantidad máxima que se podrá conceder a cada municipio es de 49.000,00 euros.
La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.407.324,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309, del Programa 942N, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2018.
Documentación de interés
Normativa
* Extracto de la Orden 494/2018, de 20 de julio, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal (BOCM nº 186, de 6 de agosto).
* Orden 1019/2018, de 4 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los Servicios de Competencia Municipal (BOCM nº 126, de 28 de mayo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).