Descripción
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ReferenciaA500
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Descripción
Subvenciones para promover la adopción de medidas preventivas frente a posibles ataques del lobo ibérico en determinadas zonas de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 05/04/2024 Fecha de fin: 18/04/2024
Destinatarios
Titulares de explotaciones ganaderas en régimen extensivo ubicadas en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Ser ganadero.
- Mantener ganado en régimen extensivo en una explotación ubicada en la Comunidad de Madrid,
- Estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas
- Estar radicada en alguno de los municipios recogidos en el anexo I;
- Realizar alguna /-s de las actuaciones preventivas que fundamentan la concesión de la ayuda.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- En caso de actuar mediante representante, poder de representación bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
- Documentación acreditativa de la titularidad de la explotación ganadera incluyendo nº de registro de la explotación (REGA).
- Documentación justificativa (declaración de la renta del último año u otras formas) de que el titular sea ganadero a título principal.
- Relación de instalación o instalaciones y su localización (polígono y parcela) u otra documentación que permita demostrar que la explotación es extensiva.
- Memoria con descripción de las actuaciones propuestas, de su ubicación específica, de los gastos subvencionables solicitados y presupuesto desglosado por conceptos (anexo II).
- Documentación acreditativa de la propiedad de los perros protectores para los que se solicite la ayuda de manutención
- Último recibo del impuesto de actividades económicas, cuando legalmente sea exigible, o certificado de exención o última declaración del impuesto de sociedades.
- Datos bancarios para el ingreso de la ayuda (IBAN, Entidad, Oficina, D.C., Número de Cuenta)
- Otra documentación (indicar).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del solicitante.
- En caso de actuar mediante representante, NIF/NIE del representante.
- Explotación ganadera ubicada en alguno de los municipios previstos en el anexo I de esta convocatoria.
- Localización de la explotación en Red Natura 2000.
- Inclusión en el registro de operadores gestionado por el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid (CAEM).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible, según la normativa aplicable).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)..
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
En caso de necesitar ayuda sobre esta subvención, puedes ponerte en contacto con el gestor en la siguiente dirección de correo electrónico: florayfauna@madrid.org.
Documentación de interés
Tramitación
De no aportarse junto con la solicitud la documentación exigida, o de estar la misma incompleta o defectuosa, se notificará al solicitante para que, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de dicha notificación, subsane los defectos o acompañe los documentos necesarios (a través de la opción "Aportación de documentos" (enlace al servicio de aportar documentación), advirtiéndole que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Corresponde al titular de la Consejería responsable la resolución de este procedimiento, mediante orden motivada. La concesión o denegación de la subvención se notificará al solicitante por el medio elegido, .
Contra la orden de concesión o denegación podrá interponerse, ante el órgano encargado de resolver, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente; o bien directamente recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses.
A falta de resolución expresa en el período de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se entenderá desestimada la solicitud presentada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Extracto de la Orden 755/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece, para el ejercicio 2024, la convocatoria de ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobo ibérico existentes en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 80, de 5 de abril)
- Orden 172/2024, 18 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la Comunidad de Madrid (BOCM. nº 25, de 30 de enero).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).