Descripción
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Referencia72015
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Descripción
Procedimiento para habilitar a profesionales como asesores en gestión integrada de plagas e inscribirlos en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así mismo pueden solicitar el carné de usuario Profesional de Productos fitosanitarios, nivel cualificado, dado que la documentación y los requisitos son los mismos.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Personas que tengan la titulación habilitante, según la normativa reguladora y que estén empadronados en la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
Corresponde a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, la instrucción, tramitación y resolución de la solicitud de acreditación, obtención del carné de Usuario Profesional e inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Si la documentación presentada no reúne todos los requisitos exigidos en el Real Decreto se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos oportunos.
La Dirección General de Agricultura y Ganadería mediante resolución motivada concederá o denegará lo solicitado.
El plazo máximo de resolución será de 3 meses.
Normativa
- Resolución de 28 de octubre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados (BOCM nº 278, de 23 de noviembre)
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE nº 223 de 15 de septiembre de 2012).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).