Descripción

  • Referencia
    91687
  • Descripción

    Ayudas regionales a las Agrupaciones para Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIA) para el asesoramiento técnico en materia de gestión integrada de plagas, con la finalidad de mejorar el estado sanitario de los cultivos de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIA).

  1. La ATRIA cumplirá los siguientes requisitos:
    1. Estará constituida libremente por agricultores cuyos predios integren una superficie mínima que haga posible el mantenimiento de un equipo técnico mínimo que garantice la eficacia de las técnicas de lucha a aplicar, de modo que resulte económico el empleo de mano de obra cualificada para la dirección de dichos trabajos técnicos y estos se realicen bajo un programa común de protección de los vegetales.
    2. A estos efectos, la “Agrupación para Tratamientos Integrados en Agricultura ATRIA)” podrá tener alguna de las siguientes formas jurídicas:
      1. Asociaciones o agrupaciones de agricultores/as constituidas con dicho objetivo.
      2. Cooperativas agrícolas.
      3. Sociedades Agrarias de Transformación.
      4. Asociaciones u Organizaciones Agrarias.
      5. Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen
    3. Podrán tener personalidad jurídica propia e independiente o, por el contrario, estar constituidas dentro de otra entidad.
    4. El número mínimo de agricultores que la integren será de 10.
    5. Los agricultores que integren la ATRIA acatarán las condiciones que figuren en su Reglamento de Régimen Interno, en el que se expresen la aceptación de los requisitos técnicos que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos por cada uno de sus miembros.
  2. No podrán acceder a estas ayudas aquellas ATRIAS que:
    1. Estén sujetas a una orden de recuperación, pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
    2. Se encuentren en situación de crisis.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Certificado de apoderamiento del representante legal (en caso de persona jurídica)
  2. Reglamento Interno de la ATRIA
  3. Inscripción en el Registro correspondiente
  4. Escritura de constitución de la ATRIA
  5. Relación nominal de los miembros de sus órganos ejecutivos y de dirección, así como acuerdo del Pleno de constitución de la ATRIA y relación de asociados, con superficies y cultivos a tratar
  6. Certificado emitido por la entidad bancaria donde se solicite el ingreso de la ayuda
  7. Plan o Planes colectivos o individual de gestión integrada de plagas originales según real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre
  8. Rectificación de los planes en función de la evolución de las plagas
  9. Modificación en los medios de lucha fitosanitaria a emplear
  10. Informe de consultas técnicas que hayan realizado en materia de gestión integrada de plagas que se realizan en el asesoramiento
  11. Copia del contrato suscrito con el técnico/s encargados de la dirección de los programas de gestión integrada de plagas
  12. Gastos de desplazamiento del personal técnico a la explotación
  13. Inscripción o matrícula, del técnico o técnicos contratados por la ATRIA, en cursos, jornadas de formación en temas relacionados con la gestión integrada de plagas, siempre que estén impartidos por organismos oficiales.
  14. Gastos de material de campo y laboratorio para la realización de la asistencia técnica
  15. Justificantes que acrediten los gastos realizados para la realización de campañas informativas sobre sanidad vegetal y gestión integrada de plagas
  16. Certificado de la ATRIA en la que se acredite en nº y cuantía de los servicios prestados

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. Tarjeta de identificación fiscal del solicitante
  2. NIF/NIE del representante
  3. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
  4. Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  5. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Cuantía y financiación de las ayudas

Se establece como cuantía máxima de ayuda por ATRIA y año, 15.000 euros y se limita, como cantidad máxima, a 1.500 euros el cobro, por cada asesoramiento realizado en Sanidad Vegetal y Gestión Integrada de Plagas por parte de la ATRIA.

Se podrán consultar los criterios objetivos de otorgamiento, en la sección documentación de interés.

Documentación de interés

Criterios objetivos de otorgamiento
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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