Descripción
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ReferenciaL255
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Descripción
Informe preceptivo que deben solicitar las entidades locales sobre los convenios de colaboración policial que van a suscribir con otros ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que tienen el Cuerpo de policía local constituido.
Requisitos
- Tener la necesidad de reforzar los efectivos policiales en situaciones extraordinarias.
- Presentar la solicitud de informe firmada por el órgano competente o la persona responsable.
- Adjuntar el borrador de convenio de colaboración sin firmar.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Borrador de convenio de colaboración.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones se realizarán a través de la Oficina de Registro Virtual (ORVE).
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Coordinación de Policías Locales
- Dirección: Paseo del Río 1, Pozuelo de Alarcón
- Teléfono: 680233850
- Correo electrónico: area.coordinacion@madrid.org
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.
Si todo es correcto, emitiremos el informe favorable o desfavorable y se lo comunicaremos a la entidad solicitante. En cualquier caso, el informe no es vinculante.
Plazo de respuesta
El plazo de respuesta es de 15 días hábiles.
Normativa
- Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 61, de 12 de marzo).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).