Última actualización: 18/10/2024

Descripción

  • Referencia
    450
  • Descripción

    Autorización, modificación y baja de empresas de venta y asistencia de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Personas físicas o jurídicas que deseen realizar la actividad para la venta y asistencia técnica de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

Para obtener la autorización deberán hacer constar detalladamente las actividades para las que se solicita y presentar cuanta documentación acredite su capacidad técnica para desarrollarlas.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Justificante del pago de la tasa.
  2. Autorización del titular al representante (si aplica).
  3. Documentación indicada en el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico, aprobado por Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  4. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para dudas y consultas, puedes contactar a través del correo electrónico: instalaciones.especiales@madrid.org

Tramitación

Para las solicitudes de autorización/modificación y registro de empresas de venta y asistencia técnica de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico (EVAT), una vez recibida toda la documentación, se solicita informe al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), que será preceptivo y vinculante. Tras recibir el informe del CSN, se resuelve la autorización o modificación de la EVAT y se comunica al titular.

Para las solicitudes de baja en el registro de empresas de venta y asistencia técnica de equipos de rayos X con fines de diagnóstico médico, una vez recibida toda la documentación necesaria, se resuelve la baja de la EVAT y se comunica al titular.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 1/1986, de 14 de marzo , de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General de Promoción Económica e Industrial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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