Última actualización: 18/10/2024

Descripción

  • Referencia
    38009
  • Descripción

    Dentro del marco de la política  de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid se ha articulado un procedimiento de recuperación y reutilización de los bienes muebles, a través de entidades sin ánimo de lucro, para su destino a países en vías de desarrollo o para proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes Registros.
  2. Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
  3. Tener su sede, o contar con delegación u oficina en la Comunidad de Madrid.
  4. Tener entre sus fines la cooperación internacional al desarrollo o la realización de proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.

Todas aquellas entidades que acrediten los anteriores requisitos entrarán a formar parte de la Base de Datos de Entidades Cesionarias.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

Solicitud de inscripción en Base de Datos

  1. Poder de representación del representante
  2. Estatutos de la Entidad
  3. Inscripción de la Entidad en el correspondiente Registro
  4. Declaración del responsable de la Entidad de contar con los medios técnicos y la estructura organizativa adecuada
  5. Memoria de actividades

Solicitud de cesión gratuita de bienes

  1. Relación del material solicitado (Anexo I de la oferta vigente)
  2. Proyecto de Cooperación para la cesión de bienes

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. NIF de la entidad solicitante
  2. DNI/NIF del solicitante-representante legal de la Entidad

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Tramitación

Para poder optar a la adjudicación de bienes, la entidades que reúnan los requisitos establecidos deberán solicitar su inscripción en la Base de Datos de Entidades Cesionarias regulada en el artículo  5 de la Orden14/2007, de 10 de enero, por la que se establece el procedimiento para la cesión gratuita de bienes con destino a países en vías de desarrollo o para proyectos de acción social en la Comunidad de Madrid.

Será a estas entidades a las que se les oferten periódicamente los bienes muebles susceptibles de ser cedidos por los centros, entidades y organismos adscritos a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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