Última actualización: 11/11/2024

Descripción

  • Referencia
    L189
  • Descripción

    Solicitud de cese voluntario en destino definitivo para funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), para el curso 2024-2025.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Funcionarios de carrera de los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional (a extinguir).

Requisitos

  • Tener destino definitivo en centros de Enseñanza Secundaria, en departamentos en los que se hayan producido desplazamientos efectivos por falta de horario en el curso 2024-2025.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Documento de otorgamiento de la representación.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI o NIE del solicitante.
  2. DNI o NIE del representante.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre esta convocatoria disponéis del correo electrónico: ssecundaria@madrid.org

Documentación de interés

Tramitación

  1. Publicación con la relación provisional de catedráticos y profesores que obtienen el cese voluntario.
  2. Plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación para presentar alegaciones o renuncias.
  3. Publicación de la relación definitiva de catedráticos y profesores que han obtenido el cese voluntario.

La comunicación de los ceses concedidos se realizará individualmente a través del servicio de notificaciones electrónicas NOTE.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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