Descripción
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Referencia33271
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Descripción
Procedimiento para la obtención de la calificación previa de actuación protegible en la instalación de ascensor en edificio de vivienda colectiva.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Edificios de vivienda colectiva en altura con más de quince años de antigüedad.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Fotocopia del DNI y NIF del promotor de la actuación o de su representante (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
- Fotocopia del NIF de la Comunidad de Propietarios.
- Fotocopias del acta o de las actas de la Junta de comunidad de propietarios, en la que conste el nombramiento del Presidente de la comunidad o designación de representante de esta ante la Administración, y del acuerdo aprobatorio de la instalación del ascensor o certificado del Secretario o Administrador de la comunidad referente a dichos extremos.
- Memoria descriptiva de la instalación del ascensor con indicación de las características técnicas del aparato (dimensiones, capacidad, carga, sistemas de seguridad, de eficiencia energética, etcétera) y presupuesto de la empresa instaladora.
- Proyecto de Ejecución firmado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional.
- El beneficiario deberá aportar, al menos, tres ofertas de proveedores diferentes, debiendo justificar la elección sino recayó en la más ventajosa económicamente. No obstante, se podrá eximir de la presentación de las 3 ofertas si se justifica la dificultad de proveer dichas entidades o empresas instaladoras por las limitaciones del mercado, de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Nota: De conformidad con lo dispuesto en la Orden 96/2007, de 8 de octubre, de la Consejería competente en materia de vivienda, bastará con que las fotocopias sean cotejadas con el original, no siendo necesaria su compulsa.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Tramitación
El órgano competente en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el Registro del órgano competente para su tramitación, notificará la Calificación de actuación protegida de la instalación de ascensor. Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación, esta solicitud podrá entenderse desestimada a los efectos legales que proceda.
Normativa
- Orden 679/2007, de 2 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la instalación de ascensores en edificios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 79, de 3 de abril)
- Resolución de 9 de diciembre de 2009, del Director General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).