Descripción
-
ReferenciaL223
-
Descripción
Las empresas que tienen una autorización de explotación de máquinas de juego y de azar pueden solicitar su renovación hasta el 30 de septiembre del año en el que finaliza su validez.
-
TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Empresas operadoras titulares de una autorización de explotación de máquinas recreativas y de juego.
Requisitos
- Estar inscrito en el Registro del Juego, Sección empresas.
- El modelo de la máquina debe estar homologado e inscrito en el Registro del Juego de la Comunidad de Madrid, Sección material de juego.
- Solicitar la renovación de la autorización de explotación de la máquina hasta el 30 de septiembre del año en el que finaliza su validez.
- La máquina y el modelo deben cumplir con la normativa vigente en el momento de la renovación.
- Pagar la tasa.
- Indicar en la solicitud:
- Datos de la empresa operadora.
- Datos de la persona representante, en su caso.
- Datos de la máquina.
Documentación a presentar
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en caso de que sea necesario.
- Justificante de pago de la tasa.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
- Adjunta los documentos y, para finalizar, pulsa Firmar y enviar solicitud.
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Información Complementaria
Vigencia de la autorización de explotación:
- Dura 6 años desde el 31 de diciembre del año de expedición.
- Se puede renovar cada 2 años si la máquina y el modelo cumplen con la normativa.
- La renovación debe solicitarse 3 meses antes de la caducidad al órgano competente.
Extinción de la autorización:
- Si la autorización expira, en 1 mes debe demostrarse la inutilización, desguace, destrucción o depósito de la máquina, mediante un certificado, un acta notarial o un documento válido.
- En caso de traslado o exportación de la máquina, también se debe acreditar.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
- Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
- Teléfono: 91 580 30 89
- Correo electrónico: gestionjuego@madrid.org
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, se revisa su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la empresa solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
El órgano competente realizará una inspección técnica de la máquina y verificará su correcto funcionamiento en base a los requisitos vigentes.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de renovación de la autorización y se lo comunicaremos a la empresa solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Acceso al trámite de recurso de alzada.
Normativa
- Decreto 73/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modifican otras normas en materia de juego (BOCM de 13 de agosto de 2009).
- Ley 6/2001, de .3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM de 4 julio de 2001).
Órgano responsable
Te puede interesar
Renuncia a la autorización de explotación de máquinas de juego y de azar
17 enero 2025Explotación de huertos de ocio en la Finca “Caserío de Henares” (2024-2028)
14 Mayo 2024- 11 Mayo 2010
- 24 abril 2005
- 10 Mayo 2022
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).