Descripción

  • Referencia
    80263
  • Descripción

    Procedimiento para la aplicación del Desarrollo Local Participativo en la Comunidad de Madrid previsto en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el periodo 2014-2020 a través de las ayudas LEADER.

Requisitos

Los Grupos de Acción Local (GAL) de la Comunidad de Madrid seleccionados.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar los formularios en línea.
  2. Documentación. Según el trámite, será la siguiente:
    1. Autorización de proyectos de los Grupos de Acción Local:
      1. Cualquier documentación necesaria para acreditar los requisitos, obligaciones, compromisos, criterios de selección u otras exigencias de las diferentes medidas.
      2. En caso de inversiones: Compromiso de mantenimiento y conservación de la obra y, en caso de inversiones que impliquen un servicio, compromiso de mantenimiento del mismo de acuerdo con la legalidad vigente.
    2. Informe de Subvencionalidad:
      1. Informes Técnicos Económicos
    3. Justificación de proyectos propios del GAL:
      1. Solicitud de Pago.
      2. Memoria de actuación justificativa.
      3. Memoria económica justificativa acompañada de las facturas o documentos con valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y de la documentación acreditativa del pago de las mismas.
      4. Acreditación de la adecuada contabilización de los gastos e ingresos de la operación.
      5. En el caso de que el beneficiario no sea una entidad pública sujeta a la Ley de Contratos, en el supuesto de ejecución de obra, cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 40.000 euros, o en el caso de otros gastos, el gasto subvencionable sea igual o superior a 15.000 euros, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores.
      6. En el caso de que el beneficiario sea una Corporación Local:
        • Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento en la que se haga constar, expresamente, que se ha ajustado al procedimiento de contratación pública legalmente establecido y del contenido del expediente de contratación. Así mismo, en su caso, aportará el correspondiente Contrato Administrativo.
        • Certificado de la Cámara de Cuentas de que la entidad local ha cumplido con la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
      7. En los casos en que sea obligatorio la redacción de un proyecto técnico deberá presentarse:
        • Proyecto final de obra que refleje la realmente ejecutada.
        • Valoración final de la obra.
        • Certificado final de obra.
      8. Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.
      9. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones tributarias salvo que se haya autorizado consulta.
      10. Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones salvo que se haya autorizado consulta.
    4. Justificación de Gastos de Funcionamiento y Animación:
      1. Certificación de los gastos por parte del Responsable Administrativo y Financiero (RAF), con el visto bueno del Presidente del GAL.
      2. Justificante de gasto y de pago del personal.
      3. Justificante de los pagos trimestrales del IRPF. Se efectuará mediante la siguiente documentación:
        • Documento de ingreso (modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF).
        • Justificante de pago.
        • Cuadro desglosando el pago de este impuesto por trabajadores del GAL.
      4. Justificante de los pagos a la Seguridad Social. Se efectuará mediante la siguiente documentación:
        • Documento de ingreso.
        • Justificante de pago.
        • Cuadro desglosando el pago de este impuesto por trabajadores del GAL.
      5. Fotocopia compulsada del convenio con el RAF, en los supuestos en que haya sufrido una modificación con respecto a anteriores solicitudes de fondos.
      6. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones tributarias salvo que se haya autorizado consulta.
      7. Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones salvo que se haya autorizado consulta.
    5. Justificación Global:
      1. Informes Técnicos de Justificación
    6. Autorización de Bases Reguladoras y/o Convocatorias:
      1. Proyecto de bases reguladoras y/o convocatorias.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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