Descripción
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Referencia71915
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Descripción
Recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012, por el personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid.
El abono corresponde al equivalente a 45 días o al 24,59% de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional del complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012 o su parte proporcional en función del periodo trabajado en el semestre. Podrá descargarse un pdf de “Preguntas frecuentes” en la sección Documentación de Interés.
Requisitos
El abono se realizará previa solicitud en el caso de Empleados que hayan cesado/finalizado la relación laboral/servicios o se encuentren en situación de excedencia. Quedan incluidos en el presente apartado, entre otros, los siguientes.
- Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración.
- Empleados que hayan promocionado como funcionario o estatutario (Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).
- Empleados que hayan finalizado la relación de servicio (aunque con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de Madrid).
- Jubilados.
- Fallecidos (lo solicitarán los herederos legales).
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
- En caso de reclamar el abono de un empleado fallecido, documento que acredite la condición de heredero.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
- También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
El abono se realizara de forma automática en nómina en el caso de aquellos empleados que mantengan la misma relación de empleo/ servicios con la Comunidad de Madrid tanto en la nómina de enero de 2017 como en la de diciembre de 2012. Así como en el supuesto de aquellos empleados que hayan participado en promociones de personal laboral (en este caso se mantiene la misma relación laboral), los concursos de méritos/libre designación, traslados y demás circunstancias de movilidad, dentro del mismo nombramiento/contrato, siempre que las nóminas de origen y destino se gestionen a través del sistema informático SIRIUS (en caso contrario, se necesitara solicitud previa).
Más Información: 91 720 61 06
Documentación de interés
Tramitación
Unidad de Personal de la Consejería, Organismo Autónomo o Ente donde prestó sus servicios en 2012.
La solicitud por parte del interesado o de sus herederos legales se remitirá al Centro Gestor al que le hubiera correspondido abonar la paga en diciembre de 2012.
Normativa
- Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (B.O.E. nº 219 de 12 de septiembre)
- Decreto 140/2016, de 30 de diciembre, por el que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016 (BOCM de 31 de Diciembre)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).