Última actualización: 02/06/2025
  • Pendiente apertura plazo

  • En plazo

    En plazo

  • En tramitación

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    E5742
  • Descripción

    Formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros para el curso 2025-2026.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas
  • Titulación
    Grado en Educación Primaria, Maestro, y Diplomatura en Profesorado de EGB

Personas destinatarias

Aspirantes a desempeñar puestos docentes de interinidad del Cuerpo de Maestros:

  • Haber participado en el proceso selectivo convocado en 2025.
  • Pertenecer a la lista prorrogada del curso 2024-2025.
  • Pertenecer a la lista extraordinaria permanentemente abierta.

Requisitos

  1. Requisitos generales:
    1. Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    2. Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
    3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
    4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
    5. No ser funcionario de carrera en activo, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento.
  2. Requisitos específicos:
    1. Poseer la titulación que acredite la cualificación para impartir la especialidad especificada en el Anexo I. Quedan exentos de este requisito las personas aspirantes que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
      1. Haber superado la fase de oposición en la misma especialidad y en el mismo Cuerpo en alguno de los procedimientos selectivos convocados en los últimos 10 años o en las 5 últimas convocatorias en la Comunidad de Madrid.
      2. Tener una experiencia docente en dos cursos académicos de, al menos, 5,5 meses en cada uno de ellos o, en su defecto, 12 meses en períodos continuos o discontinuos, como funcionario interino en el mismo Cuerpo y especialidad a la que se opta.
    2. Si la titulación se ha obtenido en el extranjero, haber obtenido la correspondiente credencial de homologación por el Estado español o bien, tener acreditado el reconocimiento de su cualificación profesional.
    3. No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
  3. Justificar el motivo para no participar en la asignación de destinos a través de la Plataforma de Asignación Docente de Interinos (PADI). La Dirección General de Recursos Humanos valorará la situación de personas aspirantes (tras nombramientos de más de 165 días) que le imposibilita el acceso a la Plataforma de Asignación Docente de Interinos (PADI) para solicitar destino. Para ello, debe acreditar la situación concreta mediante el documento correspondiente:
    1. Enfermedad del aspirante: certificado médico que acredite la imposibilidad de acceder a la Plataforma de Asignación Docente de Interinos (PADI) y solicitar destino durante el periodo de convocatoria.
    2. Situaciones contempladas en el Estatuto Básico del Empleado Público: resolución o certificación oficial que acredite la situación de licencia o permiso correspondiente.
    3. Condición de víctima del terrorismo: documento emitido por el Ministerio del Interior en el que conste dicha condición.
    4. Condición de víctima del de violencia de género: certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
    5. Declaración de servicios especiales para los funcionarios de carrera: resolución de la Administración Pública competente que acredite la situación de servicios especiales.
    6. Situaciones de fuerza mayor: documentación que justifique la situación de fuerza mayor, como informes oficiales, resoluciones judiciales o informes de los servicios públicos competentes.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Alegaciones: listas provisionales aspirantes a interinidad
    1. Documentación justificativa de la alegación.
    2. Otorgamiento de la representación, en su caso.
  2. Justificación de no participación en asignación tras 5,5 meses de nombramiento en un mismo curso:
    1. Documentación justificativa de la causa alegada, que no contendrá información descriptiva en caso de enfermedad.
    2. Otorgamiento de la representación, en su caso.
  3. Para la solicitud de inclusión en el acceso 2: 
    1. Dictamen vinculante de las condiciones físicas, psíquicas o sensoriales.
    2. Otorgamiento de la representación, en su caso.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI o NIE.
  2. DNI o NIE del representante.

Y, además, para la solicitud de inclusión en el acceso 2:

  • Documentación acreditativa del grado de discapacidad. Comunidad Autónoma.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Área de Gestión del Personal Docente Interino
  • Calle Santa Hortensia, número 30, 28002, Madrid
  • Teléfonos: 917325185 - 912767789
  • Correo electrónico: interinos.maestros@madrid.org
  • Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Documentación de interés

Anexo I. Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad
Descargar
1.15 MB
Anexo II. Baremo para la valoración de méritos
Descargar
104.86 KB
Anexo III. Documentación requerida para el nombramiento
Descargar
43.04 KB

Tramitación

La formación de las listas consta de las siguientes fases después de publicar las listas provisionales:

  1. Justificación de no participación en la Plataforma de Asignación de Docentes Interinos, PADI:
    1. Se puede justificar la no participación en la formación de listas por las siguientes causas, si no ha participado en la aplicación PADI tras obtener derecho a nombramiento de 1 de julio a 31 de agosto, por nombramientos de más de 165 días:
      1. Enfermedad del aspirante.
      2. Situaciones contempladas en el Estatuto Básico del Empleado Público.
      3. Condición de víctima del terrorismo o de violencia de género.
      4. Por encontrarse en servicios especiales (sólo para los funcionarios de carrera).
      5. Situaciones de fuerza mayor.
    2. Una vez enviada su justificación, recibirá notificación electrónica con la admisión o no de su justificación.
  2. Alegaciones:
    1. Las personas aspirantes pueden solicitar la modificación de datos erróneos o actualizar sus datos si su situación personal ha cambiado. Es preciso tener en cuenta que no se puede alegar o reclamar las puntuaciones de las listas al ser definitivas, pues proceden de procedimientos anteriores, que tuvieron su propia fase de alegaciones.
    2. Si los datos y documentos aportados son correctos, se publicarán los nuevos datos en PADI.
  3. Publicación de listas definitivas:
    1. Una vez publicadas las listas definitivas se podrá renunciar a la inclusión en dichas listas.
    2. Una vez enviada la solicitud se publicarán los nuevos listados en la aplicación PADI.
  4. Inclusión acceso 2:
    1. Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 podrán solicitar su inclusión como colectivo de especial consideración. Solo pueden pedirlo después del proceso selectivo en el que han participado o si han sido integrantes de listas extraordinarias durante el curso escolar.
    2. Si la documentación aportada es correcta, se notificará si se ha aceptado su inclusión o no. Si se admite, se incluirá su registro en las listas de aspirantes en las que participa.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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