Descripción

  • BOCM de la convocatoria
  • Referencia
    2420434
  • Número de plazas convocadas
    4387
  • Plazas convocadas

    4.080 plazas del cupo general

    307 plazas reservadas para cupo de discapacidad

  • Sistema de selección

    Concurso-oposición

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Edad. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco.
  2. Nacionalidad. Tener la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  3. También podrás participar si eres cónyuge de españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no estés separado de derecho; igualmente, con las mismas condiciones, podrás participar si eres su descendiente y los de su cónyuge, menor de veintiún años o mayor de dicha edad dependiente.
  4. Titulación. Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Clínica (formación profesional de primer grado, rama sanitaria), de Técnico Auxiliar de Enfermería (módulo profesional nivel 2, rama sanitaria), o de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (formación profesional de grado medio, rama sanitaria); expedido por el Ministerio competente o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo terminado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones extranjeras deberás estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de instancias.
  5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarte en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de que seas persona nacional de los otros Estados mencionados en el apartado b) de esta base, además de no encontrarte inhabilitado o en situación equivalente, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberás no haber sido separado por sanción disciplinaria o equivalente, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
  7. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
  8. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, que no hayas sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
  9. Si concurres por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberás tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes
  10. Haber abonado la tasa por derechos de examen salvo encontrarte en alguno de los supuestos de exención de la misma.

Estos requisitos deberás poseerlos el último día del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Deberás acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda en su caso:
    1. El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de has abonado el importe de la tasa por derechos de examen correspondiente, y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de que seas miembro de familia numerosa de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 3.2 de la presente Resolución.
    2. Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, presentarán la documentación acreditativa correspondiente, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria.
    3. Únicamente en el supuesto de que firmes la solicitud por el representante que actúa en tu nombre, deberás aportar la autorización indicada en la base 3.1.2.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

 

 

Documentación de interés

Instrucciones para presentación de los méritos
Descargar
847.09 KB
Guía Presentación de Méritos Electrónica
Descargar
2.11 MB
Instrucciones de cumplimentación de la subsanación
Descargar
277.24 KB
Instrucciones de cumplimentación de la solicitud
Descargar
40.53 KB
Manual para la elección de plazas
Descargar
1.33 MB

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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