Última actualización: 06/06/2024

Descripción

  • Referencia
    E2375
  • Descripción
    Convocatoria de ingreso en el Cuerpo de Maestros, por el sistema excepcional de concurso de méritos, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid.
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas
  • BOCM de la convocatoria
  • Número de plazas convocadas
    574
  • Plazas convocadas
  • Forma de acceso

    Acceso libre

  • Titulación
    Título de Maestro o título de Grado correspondiente
    Título de Diplomado en Profesorado de Educación General Básica
    Título de Maestro de Enseñanza Primaria
  • Sistema de selección

    Concurso de méritos

  • Más información

Destinatarios

Aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Maestros.

Requisitos

  1. No ser funcionarios de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros, ni estar pendientes del correspondiente nombramiento como funcionario del mismo Cuerpo al que se aspira a ingresar, siempre que reúnan requisitos generales y específicos.
  2. Además, deben cumplir los requisitos generales y específicos

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Los méritos (Anexo II) , entendiéndose que, solamente se valorarán aquellos méritos perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que se aleguen y aporten.
  2. Justificante de pago o exención de tasas
  3. Titulación exigida en la convocatoria:
    1. Título de Maestro o título de Grado correspondiente (Grado en Educación Infantil o Grado en Primaria con sus diferentes menciones, en su caso).
    2. Título de Diplomado en Profesorado de Educación General Básica.
    3. Título de Maestro de Enseñanza Primaria
    4. Titulaciones extranjeras, habiéndose obtenido la correspondiente credencial de homologación 
  4. Documentación justificativa para la valoración de méritos
  5. Documentación acreditativa de conocimiento adecuado del castellano
  6. Documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por otras CCAA
  7. Documento de otorgamiento de la representación
  8. Documentación acreditativa de los requisitos lingüísticos para plazas situadas en Comunidades Autónomas cuya lengua propia tenga carácter cooficial.

 Y además, los aspirantes que no posean la nacionalidad española:

  1. Pasaporte / tarjeta de residente comunitario / visado / vínculo de parentesco
  2. Declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena que impida el acceso a la Función Pública
  3. Certificación negativa de condenas penales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del RD 1110/2015.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI/NIE del solicitante.                          
  2. DNI/NIE del representante.                    
  3. Reconocimiento del grado de discapacidad

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Información Complementaria

Para consultas relacionadas con este trámite, puedes dirigirte al correo genérico: oposicionesmaestros@madrid.org

Documentación de interés

Comunidades y ciudades autónomas convocantes (Anexo I)
Descargar
62.94 KB
Baremo para la valoración de méritos para ingreso en el Cuerpo de Maestros (Anexo II)
Descargar
402.63 KB

Tramitación

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos. 
 
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren habiendo realizado en tiempo y forma su solicitud de participación, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. 
 
Examinadas y resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, entendiendo desestimadas las solicitudes de subsanación no recogidas en las mismas.
 
La Dirección General de Recursos Humanos, con posterioridad a la aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, dictará resolución, indicando la fecha en la que se expondrán las listas provisionales con la puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso.
 
Los interesados podrán presentar contra dicha lista, en el plazo de diez días hábiles las alegaciones o la subsanación.
 
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, se elevarán a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, declarándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
 
Se declarará que han superado el proceso selectivo en la Comunidad de Madrid, aquellos aspirantes que, ordenados según la puntuación definitiva asignada les corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas asignadas para cada uno de los cuerpos, especialidad y turno, teniendo en cuenta los criterios de desempate establecidos en la base 9.2.

Si alguna de las personas seleccionadas obtuviese plaza en dicha adjudicación provisional en dos o más especialidades, en el mismo o distinto Cuerpo en alguna de las Administraciones educativas firmantes del Acuerdo, deberá optar, en el plazo de cinco días, por una de ellas, presentando escrito, en la Administración educativa a cuya plaza o plazas renuncie.  

Asimismo, si alguna de las personas seleccionadas que figurase en dicho listado provisional como adjudicataria de una plaza, resultase también seleccionada en resolución dictada en los mismos plazos en el concurso excepcional de méritos convocado por una Administración educativa distinta a las acogidas al Acuerdo, obteniendo en ella plaza en la misma especialidad o en una especialidad distinta del mismo cuerpo, deberá, en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, formular opción por una de las plazas obtenidas, presentando escrito en aquella Administración educativa firmante del Acuerdo manifestando si renuncia o acepta la plaza obtenida. En el supuesto de que la persona aspirante no presente escrito de aceptación o de renuncia, se entenderá que renuncia a la plaza obtenida en la Administración educativa acogida al Acuerdo

Concluido el plazo de renuncias previsto en el apartado anterior, se harán públicas las listas definitivas por cuerpo, especialidad y. en su caso, turno de acceso, de aspirantes seleccionados por haber obtenido un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en la especialidad correspondiente.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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