Descripción
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ReferenciaE5296
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Descripción
Proceso selectivo de promoción interna, para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, vinculado a las enseñanzas de Arte Dramático en la Comunidad de Madrid.
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TasaRequiere el pago de tasas
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Número de plazas convocadas15
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Plazas convocadas
- Canto aplicado al arte dramático: 2 plazas de acceso libre.
- Dicción y expresión oral: 2 plazas de acceso libre.
- Dirección escénica: 2 plazas de acceso libre.
- Dramaturgia y escritura dramática: 2 plazas de acceso libre.
- Espacio escénico: 1 plaza de acceso libre.
- Expresión corporal: 1 plaza de acceso libre.
- Interpretación en el teatro del texto: 2 plazas de acceso libre y 1 plaza reservada para personas con discapacidad.
- Interpretación en el teatro del gesto: 1 plaza de acceso libre.
- Literatura dramática: 1 plaza de acceso libre.
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TitulaciónTítulo de Licenciado, Doctor, Ingeniero, Arquitecto o Título de Grado correspondiente o titulación equivalente a efectos de docencia.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 29/01/2025 Fecha de fin: 25/02/2025
Destinatarios
Personal funcionario de carrera del cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas.
Requisitos
- No ser funcionario de carrera, o en prácticas, o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario del mismo cuerpo al que se pretende ingresar.
- Ser funcionario de carrera del cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas y acreditar la titularidad de la especialidad por la que concursa, así como una antigüedad mínima de ocho años como funcionario de carrera en dicho cuerpo.
- Estar en posesión del título de Licenciado, Doctor, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente o titulación equivalente a efectos de docencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
- Acreditar estar en posesión de la formación y capacidad de tutela en investigaciones propias de las enseñanzas artísticas, a través del cumplimiento de alguna de las condiciones recogidas a continuación. Para esta acreditación, en ningún caso se tendrá en cuenta el Máster de Formación del Profesorado requerido para el ingreso en cualquiera de los cuerpos de funcionarios docentes.
- Estar en posesión del título de Doctor.
- Estar en posesión de un máster oficial en enseñanzas artísticas superiores o título universitario oficial de máster, y que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la investigación propia de las enseñanzas artísticas.
- Estar en posesión del reconocimiento de suficiencia investigadora o el certificado diploma acreditativo de estudios avanzados.
- No haber alcanzado la edad máxima establecida, con carácter general, para la jubilación.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del respectivo cuerpo o especialidad por la que se participa. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con la práctica docente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
- Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria podrían tener contacto con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
- Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando obligado el docente a comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por estos delitos.
- Los candidatos cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión Europea, además de no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales. Si el certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
- Requisitos específicos para participar por la reserva para personas con discapacidad acreditada:
- Tener reconocido por los órganos competentes un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de las funciones atribuidas a la función docente de cátedras.
- Se equipara el reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33% al de las personas pensionistas de la seguridad social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grato de total, absoluta o gran invalidez.
- El grado de discapacidad igual o superior al 33% deberá mantenerse durante todo el proceso selectivo, es decir, desde el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y hasta, si procede, ser nombrado funcionario de carrera.
- La pérdida de la condición de persona con discapacidad durante el proceso selectivo, en el que caso de que este participe por turno específico para este colectivo, implicará que el aspirante pase al turno general.
- Los aspirantes que concurran por esta reserva no podrán presentarse a la misma especialidad por el procedimiento de acceso general.
La documentación que los aspirantes presenten como acreditación de la formación y capacidad de tutela en investigaciones propias de las enseñanzas artísticas del presente apartado, no será tenida en cuenta para la valoración de los méritos que más adelante se establece.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Requisitos de participación:
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales de acceso al trámite y de los requisitos específicos para participar por la reserva para personas con discapacidad acreditada, para aquellas personas que accedan por dicha vía.
- Justificante de pago de la tasa o de exención de la misma.
- Acreditación de la formación y capacidad de tutela en investigaciones propias de enseñanzas artísticas.
- Título de acceso.
- Para los No nacionales: Pasaporte, tarjeta de residente comunitario, visado o vínculo de parentesco.
- Para los No nacionales: Declaración responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena que impida el acceso a la Función Pública.
- Para los No nacionales: Certificación negativa de condenas penales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3.
- Víctimas de Violencia de Género: Resolución judicial o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición de conformidad con la normativa vigente en la materia.
- Méritos alegados:
- Documentación acreditativa de los méritos susceptibles de ser valorados, a la que se hace referencia en el baremo.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE de la persona representante.
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad expedida por la Comunidad de Madrid.
- Título acreditativo de la condición de miembro de familia numerosa.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: artisticassuperiores@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez finalizada la presentación de la solicitud, los aspirantes recibirán un correo electrónico de confirmación de la presentación. También podrán consultar el justificante en el apartado "Mis solicitudes".
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano responsable dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos, con indicación de los motivos de exclusión. Los participantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) contados a partir del día siguiente al de la exposición de las mismas, para realizar las alegaciones que consideren procedentes, a través de la aplicación informática habilitada al efecto. Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Revisadas las alegaciones presentadas a las listas provisionales, el órgano responsable dictará resolución publicando las listas definitivas de admitidos y excluidos, considerándose, desestimadas las alegaciones no recogidas en las mismas. Con esta publicación se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados. Contra la resolución por la que se publican las listas definitivas de admitidos y excluidos, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de exposición de las mismas.
La selección de los participantes en este procedimiento se realizará por un tribunal de valoración de méritos nombrado al efecto. Los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas. Las solicitudes, tanto de abstención como de recusación se realizarán mediante la aplicación informática disponible para el procedimiento.
El tribunal valorará los méritos relacionados con la actualización científica y didáctica, la participación en proyectos educativos, la evaluación positiva de la actividad docente y, en su caso, la trayectoria artística de los aspirantes, conforme al baremo que figura como Anexo II de la convocatoria.
El órgano responsable, con posterioridad a la aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, dictará resolución, indicando la fecha en la que se expondrán las listas provisionales con la puntuación alcanzada por los aspirantes. Frente a estas listas provisionales los aspirantes podrán alegar lo que a su derecho convenga en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las mismas y se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la aplicación informática habilitada al efecto.
El trámite de notificación de la contestación de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de las listas definitivas, declarándose desestimadas las alegaciones y subsanaciones no recogidas en las mismas.
El tribunal elaborará, ordenará y publicará por especialidad la lista de aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo, y la elevará al órgano convocante. Resultarán seleccionados y accederán al cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas aquellos aspirantes que, al ser ordenados obtengan un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas en la especialidad correspondiente y siempre que se obtenga una puntuación igual o superior a cinco puntos.
Aquellos aspirantes que alcancen la puntuación para acceder por más de una especialidad del mismo cuerpo deberán ejercitar opción por una de ellas a los efectos de su nombramiento como funcionario del mismo cuerpo, renunciando al resto, en el plazo de 2 días hábiles a partir de la publicación de las listas de aspirantes seleccionados.
Mediante resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), se anunciará la publicación de la relación de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo. En el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aspirantes seleccionados en el BOCM, estos deberán presentar la documentación pertinente detallada en la resolución.
Normativa
- Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 23, de 28 de enero).
Órgano responsable
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24 octubre 2024- 21 Mayo 2019
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).