Descripción

  • Referencia
    D13
  • Descripción

    Esta iniciativa tiene como objetivo establecer las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento de programas de tecnificación deportiva de las Federaciones deportivas madrileñas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

Destinatarios

Federaciones deportivas madrileñas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
 

Requisitos

Requisitos de la documentación:

La memoria explicativa de la propuesta de programa de tecnificación deberá incluir al menos los siguientes apartados:

  1. Consideraciones generales:
    1. Modalidad, especialidad o disciplina deportiva reconocida como tal en los estatutos de la federación.
    2. Objetivos del programa.
    3. Número y ratio de deportistas a integrar en el programa.
    4. Organigrama.
    5. Relación de puestos de trabajo y descripción de funciones.
    6. Relación de personal técnico
    7. Indicadores de evaluación y seguimiento del programa.
    8. Presupuesto desglosado del programa.
    9. Protocolo de coordinación y colaboración con clubes.
  2. Subprograma de detección de talentos:
    1. Descripción de los procesos de detección y selección de talentos, así como de la metodología empleada.
    2. Descripción de las acciones contempladas.
    3. Detalle de categorías/edades prioritarias.
    4. Protocolos de registro y análisis de datos.
    5. Relación de actitudes, aptitudes físicas y aptitudes técnicas a valorar, así como de los métodos a emplear.
    6. Relación de indicadores de evaluación.
    7. Organigrama
  3. Subprograma de refuerzo deportivo:
    1. Objetivos específicos según los grupos/categorías contemplados.
    2. Detalle de categorías/edades incluidas.
    3. Relación de criterios de acceso y de permanencia de los deportistas en el programa.
    4. Planificación general de las sesiones de entrenamiento.
    5. Instalaciones deportivas asociadas al subprograma.
    6. Descripción de actuaciones en el ámbito de la preparación física, medicina deportiva, fisioterapia y psicología.
    7. Sistemas de valoración de la condición física y progresión deportiva de los deportistas.
    8. Protocolos de registro y análisis de datos.
    9. Relación de competiciones deportivas de referencia donde participar.
    10. Descripción de acciones de apoyo a la docencia y seguimiento de los estudios.
    11. Relación de indicadores de evaluación.
    12. Organigrama.
  4. Subprograma de formación:
    1. Objetivos específicos según el perfil del destinatario de las acciones.
    2. Áreas de contenido prioritarias y complementarias.
    3. Relación de acciones formativas
    4. Planificación de acciones formativas dirigidas a técnicos.
    5. Planificación de acciones formativas dirigidas a deportistas.
    6. Relación de indicadores de evaluación.
    7. Organigrama.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria explicativa de la propuesta de programa de tecnificación, firmada por el Presidente de la Federación madrileña correspondiente.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para cualquier duda o consulta puede contactar a través del correo direcciongeneraldeportes@madrid.org

Tramitación

El procedimiento para el reconocimiento de la condición de Programa de tecnificación deportiva de la Comunidad de Madrid se iniciará con la solicitud del interesado. Para el estudio y valoración de las solicitudes se podrá requerir toda la información y documentación complementaria que se estime necesaria.

La Resolución del procedimiento corresponderá al Director General competente en materia de deportes, quien resolverá en el plazo máximo de seis meses contados desde el día siguiente al de presentación de la correspondiente solicitud. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El reconocimiento de los programas de tecnificación deportiva de la Comunidad de Madrid se considerará válido mientras no se revoque.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Deportes

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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