Descripción
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ReferenciaA34
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Descripción
Subvenciones por participar en los Campeonatos de Madrid oficiales, Campeonatos de España oficiales y/o Ligas Nacionales de modalidades oficialmente reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española, todo ello en la temporada 2019-2020 o, en su caso, en el año 2020 según el funcionamiento federativo.
Calendario de actuaciones
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21/01/2022Orden por la que se revocan subvenciones concedidas
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07/12/2021Concesión de la subvención
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04/10/2021Abierto plazo de presentación de reclamaciones del 5 al 19 de octubre de 2021
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/09/2021 Fecha de fin: 17/09/2021
Requisitos
Asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
- En el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad deberá constar, además, que la asociación deportiva ha comunicado la composición actual de la Junta Directiva con la documentación y requisitos necesarios para realizar la actuación administrativa previa a la correspondiente actuación de la Junta. En el caso de que el club no hubiera efectuado dicha comunicación, podrá hacerlo dentro del plazo previsto en el artículo 6.5 de la Orden.
- Participar en las fases previas o fases de finales de los Campeonatos de Madrid oficiales, Campeonatos de España oficiales y/o Ligas Nacionales de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española. Este requisito se acreditará en la forma establecida en el artículo 4.4.b) de la presente Orden.
- No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 4.4.c) de la presente Orden.
- No haber sido condenado todo el personal (incluido el personal voluntario) dependiente de la asociación deportiva que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a cuyo efecto de suscribirá declaración responsable, en la forma prevista en el artículo 4.4.d) de la presente Orden.
- Los requisitos de estar inscrito y de la comunicación de la composición actual de la respectiva Junta Directiva recogidos en los apartados a) y b) anteriores se certificarán de oficio por la propia Dirección General competente en materia de deportes, a través del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Los requisitos de mantener la inscripción del Club en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y de participar en alguna de las competiciones federadas del artículo 1 de esta Orden, deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud
- Certificado de la federación correspondiente según el impreso denominado “Certificado de la federación sobre la participación de la asociación deportiva en los Campeonatos de Madrid oficiales, Campeonatos de España oficiales y Ligas Nacionales“ (Anexo II)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Extracto de la Orden 718/2021, de 2 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 210, de 3 de septiembre).
- Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 133, de 5 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).