Última actualización: 17/06/2025

Descripción

  • Referencia
    D102
  • Descripción

    Las entidades de formación deben comunicar la finalización de los cursos que imparten para obtener el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Entidades de formación que han comunicado previamente el inicio de un curso para obtener el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios.

Requisitos

  1. Estar acreditadas para impartir los cursos para la obtención del carné de usuario profesional de productos fitosanitarios en la Comunidad de Madrid o en otras Comunidades Autónomas.
  2. Haber efectuado la comunicación de inicio de curso con una antelación mínima de 20 días naturales.
  3. Haber efectuado la parte presencial obligatoria del curso en la Comunidad de Madrid.
  4. Impartir los cursos en instalaciones que reúnen las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad establecidas por la normativa vigente, y en especial garantizar en todo momento la seguridad de los alumnos y profesorado asistente a las mismas. 
  5. Disponer del material, equipos y medios necesarios para impartir los contenidos de carácter teórico y práctico para cada nivel de capacitación.
  6. Contar con un sistema de control que permite acreditar la asistencia del alumnado al proceso formativo.
  7. Contar con un sistema que acredita el sistema de evaluación de la acción formativa a desarrollar.
  8. Comunicar la finalización del curso en el plazo máximo de 7 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde que termina.
  9. Declarar en el formulario:
    1. El nivel impartido:
      1. Básico.
      2. Cualificado.
      3. Curso Puente.
      4. Fumigador.
      5. Piloto Aplicador.
    2. La modalidad.
      1. Presencial.
      2. Semipresencial.
    3. Número de alumnos.
    4. Responsable de la formación.
    5. Fecha de inicio y fin del curso.
    6. Que el curso se ha desarrollado conforme a la normativa vigente.
    7. Que toda la documentación presentada es veraz y corresponde a la realidad.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Control de asistencia del alumnado.
  2. Listado de alumnos que han superado el curso cuyo modelo está disponible en el trámite en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (Modelo 2371FO1).
  3. Examen final del curso: copia del modelo utilizado y ejemplares corregidos de los alumnos.
  4. Titulación del profesorado.
  5. Horarios del curso: distribución detallada de sesiones, fechas, duración diaria, y módulos impartidos.
  6. Justificación documental de contenidos impartidos: conforme a los contenidos mínimos establecidos por el sistema armonizado. Se deberá aportar el material didáctico empleado, manuales, presentaciones o recursos entregados al alumnado.
  7. Descripción de las instalaciones utilizadas para las clases presenciales, las parcelas agrícolas en las que se efectuaron las prácticas, y la disposición de equipos y medios adecuados.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Área de Agricultura
  • Dirección: Calle Alcalá 16. 28014 Madrid
  • Teléfono: 914382217
  • Correo electrónico: sanidad.vegetal@madrid.org
  • Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas

Documentación de interés

Tramitación

Una vez presentada la comunicación, no enviaremos respuesta. Verificaremos que la documentación es completa y está firmada. Asimismo, realizaremos una revisión técnica para comprobar que su contenido cumple con los requisitos establecidos. Validaremos aspectos como:

  1. Duración del curso.
  2. Contenidos formativos.
  3. Datos de los participantes.
  4. Formación del personal docente.

Sólo si detectamos que la comunicación no reúne los datos y requisitos exigidos, enviaremos un escrito a la persona interesada para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que la comunicación no se ha realizado.

Es importante conocer que, si no se realiza el trámite de comunicación, puede tener como consecuencia responsabilidades administrativas.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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