Descripción
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ReferenciaA810
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Descripción
Subvenciones para financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo (CEE) de la Comunidad de Madrid.
Se subvencionan los costes salariales de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid, dentro del Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido, con el objetivo de incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo para quienes tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el mismo.
La cuantía de la subvención varía en función del tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias de la subvención contratadas por el centro especial de empleo, así como en función de la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan. Para su cálculo se aplica un porcentaje subvencionable que oscila entre el 40 y 60 por ciento del salario mínimo interprofesional.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/07/2025 Fecha de fin: 15/07/2025
Personas destinatarias
Centros Especiales de Empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Tener contratadas a personas trabajadoras con discapacidad que prestan sus servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad de Madrid.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa aplicable a los Centros Especiales de Empleo, entre las que se incluye:
- Presentar la memoria anual ante la Dirección General competente en materia de registro de Centros Especiales de Empleo.
- Prestar los servicios de ajuste personal y social que requieren las personas trabajadoras con discapacidad, a través de las unidades de apoyo a la actividad profesional del centro.
- Cumplir los requisitos para obtener y mantener la calificación de Centro Especial de Empleo.
- Cumplir con la obligación de comunicar al Registro de Centros Especiales de Empleo las modificaciones de las escrituras o estatutos, de los poderes, del NIF y demás cambios que afecten a la titularidad de la entidad y sus representantes.
- Cumplir con la obligación de mantener el porcentaje mínimo del 70 por ciento de personas con discapacidad contratadas, respecto al total de la plantilla durante todo el periodo subvencionable.
- Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales previsto en la normativa aplicable a dicha materia.
- Informar a las personas trabajadoras con discapacidad contratadas en el Centro Especial de Empleo de que sus datos relativos al tipo, grado de discapacidad y vida laboral, se comunican a la Dirección General competente, a los efectos de la acreditación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos. Esta información puede recogerse en el siguiente modelo de declaración responsable.
- Recoger y custodiar la documentación que acredita haber informado previamente a las personas trabajadoras con discapacidad de que se comunican sus datos personales a la Dirección General competente en materia de empleo. La documentación recogida debe custodiarla el centro, no debe aportarse junto a la solicitud.
- Cumplir con los criterios establecidos en la Decisión 2021/21/UE, de 20 de diciembre de 2011, de la Comisión Europea, en caso de percibir ayudas estatales en forma de compensación por servicio público, concedidas por la gestión de servicios de interés económico general.
- Presentar la solicitud a través del Registro electrónico de la Comunidad de Madrid, y aportar posteriormente toda la documentación, de forma obligatoria, a través de la aplicación Módulo Web para Centros Especiales de Empleo. Las personas interesadas y sus representantes están obligados a usar esta aplicación.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Autorización (Formulario II), en su caso, del interesado o representante legal de la empresa a la persona autorizada, o para el supuesto de representación mancomunada.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Después de presentar la solicitud, se adjuntarán los siguientes documentos única y exclusivamente a través de la aplicación Módulo Web para Centros Especiales de Empleo:
- Documentación acreditativa de los datos de domiciliación bancaria que figuran en la solicitud, sólo para el caso de que la cuenta bancaria sea diferente a la de la última solicitud de subvención presentada.
- Certificación actualizada de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, en las condiciones indicadas en la norma reguladora de Coste Salarial.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando el beneficiario sea persona jurídica, distinta de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro, en los términos previstos en el artículo 13.3 bis la Ley General de Subvenciones.
- Informes de datos de cotización de la plantilla (IDC/PL-CCC acotados por las situaciones de incapacidad temporal, regulación de empleo, periodos sin retribución, situaciones de maternidad, paternidad y riesgos durante el embarazo y la lactancia) por código de cuenta de cotización y mes, obtenidos a periodo vencido.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Integración de Personas con Discapacidad
- Calle Vía Lusitana, número 21, 28025, Madrid
- Correo electrónico: integracion_laboral@madrid.org
La presentación de la documentación exigible para la acreditación de los requisitos establecidos en el procedimiento regulador de Coste Salarial se realizará exclusivamente a través de la aplicación Módulo Web para Centros Especiales de Empleo.
Tienes disponible una píldora formativa sobre el acceso a esta aplicación.
Para consultas sobre el uso de la aplicación Módulo Web para Centros Especiales de Empleo puedes hacerlo por alguna de las siguientes vías:
- Correo electrónico: moduloweb.cee@madrid.org
- Teléfonos de contacto: 912723428, 912723429 y 912723430
- Horario de atención de lunes a viernes de 9.00 a 15:00 horas
Documentación de interés
Tramitación
Una vez presentada la solicitud se seguirán los siguientes pasos:
La presentación de la documentación exigible para acreditar los requisitos establecidos se debe hacer obligatoriamente a través de la aplicación Módulo Web para Centros Especiales de Empleo.
En primer lugar, las entidades interesadas o sus representantes legales habilitarán a las personas usuarias en la aplicación, para aportar documentación y gestionar los trámites de obligado cumplimiento.
Publicaremos un calendario de actuaciones en el Módulo Web el primer día del plazo de presentación de solicitudes, que habrá que seguir para el cumplimiento de los sucesivos trámites en la aplicación.
Una vez aportada toda la documentación, pondremos a tu disposición la información reflejada en los informes de vida laboral de la empresa correspondientes al periodo subvencionable en la aplicación. A partir de esta información podrás señalar:
- Los trabajadores con discapacidad para los que solicitas la subvención.
- Las personas integrantes de la unidad de apoyo a la actividad profesional, con indicación de si se trata de personas con o sin discapacidad.
Una vez que finalice el plazo señalado en el calendario de actuaciones para realizar lo indicado en el apartado anterior, realizaremos las comprobaciones oportunas, y pondremos el resultado a tu disposición en la aplicación, para que puedas completar la información o aportar la que no esté disponible, así como resolver las incidencias registradas. En estos supuestos, tendrás que subsanarlo aportando los documentos exigidos, exclusivamente, a través del Módulo Web, en los plazos que establezcamos en el calendario de actuaciones.
Pondremos a tu disposición el resultado de la comprobación de la validez de la documentación en el Módulo Web y también el resultado de las consultas de los certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, para que puedas subsanar, en su caso, su falta o aportar los documentos preceptivos.
El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General competente en materia de empleo.
La persona titular de la Consejería competente en materia de empleo resolverá la concesión o denegación de la ayuda mediante orden que se notificará de manera individual a las personas interesadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa en 2025 de subvenciones de coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, y se establece el plazo de presentación de solicitudes (BOCM nº 155, de 1 de julio).
- Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa de subvenciones de coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, que no hayan sido beneficiarios de estas subvenciones en el año 2025, y se establece el plazo de presentación de solicitudes.
- Acuerdo de 18 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 152, de 27 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).