Descripción
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ReferenciaA404
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Descripción
Subvenciones de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, destinadas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 26/06/2023 Fecha de fin: 14/07/2023
Destinatarios
Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Tener como fines constitutivos la realización de actividades de carácter asistencial dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA.
- Contar con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.
- Organizar o tener en marcha proyectos de carácter sociosanitario realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid, que tengan como objetivo la atención y asistencia domiciliaria, el alojamiento y la acogida.
- Estar debidamente inscritas en cualquier Registro gestionado por entidades u organismos públicos de ámbito nacional, autonómico o local.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades profesionales o científicas sin fines de lucro.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades que en la última convocatoria de estas subvenciones hayan sido receptoras de ayudas de la Consejería de Sanidad y no hayan presentado la justificación de la subvención concedida.
- No podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades que tengan deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La Administración solicitará de oficio dicho certificado acreditativo, salvo en el caso en el que conste oposición del beneficiario.
- No podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- No podrán ser beneficiarios de esta esta subvención las entidades cuyos proyectos para los que se solicita la ayuda objeto de esta orden no se encuentren financiados con medios propios o privados, al menos en un 25 por ciento del coste total de los mismos, entendiéndose por financiación privada la no procedente de una Administración Pública.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la capacidad del representante legal.
- Anexo II - Resumen del Proyecto.
- Desarrollo del proyecto.
- Datos económicos del proyecto.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Datos de renta.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para dudas y consultas, puedes contactar a través de:
- unidadjuridica.dgpis@salud.madrid.org
- 91 529 01 90
Documentación de interés
Tramitación
El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se emitirá un informe técnico de cada uno de los proyectos presentados, así como la propuesta de cantidad económica ajustada al importe de la correspondiente convocatoria.
Por último, para la evaluación final de los proyectos se constituirá un órgano colegiado de evaluación. La puntuación máxima que puede obtener cada proyecto es de 100 puntos. No se subvencionarán proyectos que no alcancen un mínimo de 50 puntos.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
- Extracto de la Orden 905/2023, de 6 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA (BOCM nº 148, de 23 de junio).
- Orden 332/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 56, de 7 de marzo).
- Orden 973/2013, de 14 de noviembre, por la que se establece el marco normativo de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/SIDA.
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).