Descripción

  • Referencia
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  • Descripción

    Procedimiento para solicitar el Certificado de Convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, para su posterior deducción en la cuota íntegra del impuesto de sociedades.

Requisitos

Tener por objeto exclusivo alguno de los siguientes objetivos:

  1. Evitar o reducir la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales.
  2. Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas.
  3. Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento correcto desde el punto de vista medioambiental de residuos industriales.
     Si las inversiones no tienen por objeto exclusivo alguna de las citadas finalidades, se deberá identificar la parte de las mismas, destinadas a proteger el medio ambiente.
  4. Realizarse en elementos del inmovilizado material.
  5. Consistir en instalaciones.
  6. Realizarse para mejorar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente sobre emisiones a la atmósfera, vertido a las aguas residuales y producción, recuperación y tratamiento de residuos industriales.
  7. Llevarse a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en medio ambiente-
    Se entenderán realizadas cuando los elementos patrimoniales sean puestos en condiciones de funcionamiento.
  8. Los elementos patrimoniales afectos a la deducción deben permanecer en condiciones de funcionamiento durante cinco años, o tres años, si se trata de bienes muebles, o durante su vida útil si fuera inferior.
  9. No se incluirán los gastos de conservación y reparación ni los gastos en que se incurra para la obtención de la Certificación.
  10. Si los elementos fueron objeto de contrato de arrendamiento financiero, la inversión se entiende realizada en la fecha de celebración del contrato. En estos casos, la aplicación de la deducción queda condicionada al posterior ejercicio de compra.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para cualquier otra información referente a las deducciones de las inversiones en el impuesto de sociedades, no referentes al Certificado de Convalidación Ambiental emitido por el órgano ambiental de la Comunidad de Madrid, debe ponerse en contacto con la Agencia Tributaria www.aeat.es/

Tramitación

  1. La administración competente certificará, si procede, la convalidación de la inversión destinada a la protección del medio ambiente.
  2. El órgano competente para la emisión de la certificación de la convalidación es la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
  3. Dicha Dirección General podrá realizar las comprobaciones necesarias y requerir documentación que considere precisa, así como realizar visitas a la instalación donde se han realizado las mismas.
  4. Según la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña el plazo máximo de resolución del Certificado de Convalidación de Inversiones Medioambientales será de 2 meses, siendo estimatorio el efecto del silencio administrativo.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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