Última actualización: 31/01/2025

Descripción

  • Referencia
    A690
  • Descripción

    El Bono Social Térmico es un programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

    Las personas beneficiarias pueden comunicar nuevos datos bancarios para el ingreso de la ayuda en cualquier momento.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2023 y que han sido comunicados por las comercializadoras de referencia a la Comunidad de Madrid.

Requisitos

La persona beneficiaria de la ayuda debe ser titular de la cuenta bancaria donde se abone la ayuda. Este requisito se debe acreditar con la presentación del justificante de la titularidad de la cuenta bancaria.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Justificante bancario de la titularidad de la cuenta (el titular de la ayuda deberá ser titular de la cuenta bancaria) imprescindible aportarlo.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

Para proceder al pago de la ayuda es imprescindible que la unidad de tramitación disponga de los datos personales de los interesados junto con sus datos bancarios. Por ello, resulta de especial importancia que compruebes con la empresa con la que tienes contratado el suministro eléctrico que tus datos sean los correctos, puesto que estos datos son los que los comercializadores transfieren a la unidad de tramitación.

En caso de que no tengas domiciliado el pago del recibo de la luz, la unidad de tramitación te requerirá tu número de cuenta bancaria.

La unidad de tramitación podrá enviarte un aviso mediante correo electrónico o por teléfono para indicarte que carecemos de tu cuenta bancaria para hacer el pago. En este caso, siempre se te avisará para que presentes los documentos en un registro de la Comunidad de Madrid, para tu mayor seguridad.

Una vez recibido el formulario de los datos bancarios y el justificante bancario, se procederá a su validación. En caso de que, la cuenta sea validada por el sistema contable, se procederá a la tramitación del pago. En caso de que la cuenta bancaria no sea validada por el sistema contable y no conste en el expediente certificado bancario, esta situación se comunicará al interesado en la forma de notificación elegida.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Servicios Sociales e Integración

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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