Descripción

  • Referencia
    A282
  • Descripción

    Becas para alumnos universitarios de la Comunidad de Madrid con aprovechamiento académico excelente.

  • Más información
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma, y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico al que hace referencia la presente convocatoria.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
  2. Fotocopia del DNI. 
  3. Autorización representante (solo en el caso de que otra persona firme la solicitud en nombre del solicitante).
  4. Alumnos que han iniciado estudios universitarios (Turno de inicio).
    1. si eres alumno de inicio con título de Bachillerato + EvAU: Certificado definitivo de las calificaciones de la EvAU, expedido por la universidad en la que superó la prueba y donde constan las calificaciones de la misma y la nota media de Bachillerato.
    2. si eres alumno de inicio con título de FP de Grado Superior: Certificado definitivo de las calificaciones de la fase optativa de la EvAU, expedido por la universidad en la que superaste la prueba y Anexo I debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu centro de FP (o con firma electrónica, con Código Seguro de Verificación).
  5. Alumnos que ya están cursando estudios universitarios (Turno de ya matriculados).
    1. Anexo II debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu facultad o escuela (o con firma electrónica, con Código Seguro de Verificación).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica o presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Universidades

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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