Descripción
-
ReferenciaA636
-
Descripción
Becas para cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid. para alumnos con aprovechamiento académico-deportivo excelente de nuevo ingreso.
Se convocan 80 becas de las que se reservan dos para alumnos de nuevo ingreso en enseñanzas artísticas superiores y la cuantía es de 2.100 euros.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
-
18/10/2024Lista provisional de admitidos y excluidos
Se abre plazo de subsanación del 21 de octubre al 4 de noviembre de 2024.
La presentación de subsanación se realizará de forma presencial en los lugares habilitados para ello, o bien, mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/09/2024 Fecha de fin: 23/09/2024
Destinatarios
Estudiantes que hayan realizado la Evaluación del Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EVAU) en una de las seis universidades públicas de Madrid, o haber cursado el Bachillerato en un centro de la Comunidad de Madrid y estén matriculados en:
- Una universidad de la Comunidad de Madrid o centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid.
- Un centro superior de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Cumplir con todos los requisitos académicos de matriculación, nota mínima y méritos deportivos.
Requisitos académicos
- Los estudiantes de nuevo ingreso en la universidad que opten a la convocatoria de beca de excelencia académica-deportiva, deberán haber realizado la prueba o evaluación de acceso a la universidad en alguna de las universidades públicas del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid o haber cursado el Bachillerato en un centro educativo del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Requisitos nota mínima
- Estudiantes que acceden a la universidad: 10,800 puntos.
- Estudiantes que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas 10,00 puntos, calculadas según las fórmulas establecidas.
Requisitos deportivos
- Cumplir al menos uno de los siguientes requisitos de carácter deportivo obtenidos en los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria:
- Haber participado en campeonatos de Europa o del Mundo en categoría absoluta o en la inmediatamente inferior, tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las Federaciones Deportivas Madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Haber sido medallistas en campeonatos de España absolutos o en la categoría inmediatamente inferior, tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las Federaciones Deportivas Madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
- Estar entre los tres primeros del ranking nacional oficial absoluto o en la categoría inmediatamente inferior, publicado por la Federación española correspondiente al final del año anterior o temporada según funcionamiento federativo.
- Además, y en el momento de solicitar la beca deben:
- Estar en posesión de la licencia federativa vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española
- En el caso de haber obtenido el mérito deportivo representando a una comunidad autónoma distinta a la madrileña deberá tener licencia en vigor por la federación madrileña en el momento de la solicitud.
- No estar cumpliendo sanción firme, de carácter grave o muy grave, en materia deportiva impuesta por una federación deportiva o por la Administración.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
- Autorización representante (solo en el caso de que otra persona FIRME LA SOLICITUD en nombre del solicitante).
- Anexo III.
- Alumnos que han iniciado estudios universitarios (turno de inicio)
- Si eres alumno de inicio con título de Bachillerato + EvAU: Certificado definitivo de las calificaciones de la EvAU, expedido por la universidad en la que superó la prueba y donde constan las calificaciones de la misma y la nota media de Bachillerato.
- Si eres alumno de inicio con título de FP de Grado Superior: Certificado definitivo de las calificaciones de la fase optativa de la EvAU, expedido por la universidad en la que superaste la prueba y Anexo I debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu centro de FP (o con firma electrónica, con Código Seguro de Verificación).
- Si eres alumno que está en posesión del Bachillerato Europeo o Bachillerato Internacional: credencial con código seguro de verificación oficial que dé acceso a la universidad, certificación de la prueba de acceso a la universidad y certificado de haber realizado el bachillerato en un centro educativo del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas y dudas sobre este trámite, dispones de los siguientes medios:
- Correos electrónicos:
- Teléfonos
- 91 720 02 06/ 91 720 02 07
- 91 580 17 43 / 615 330 054 / 91 276 71 38.
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibidas las solicitudes, la unidad responsable las estudiará y comprobara que son correctas. Si hubiera algún error te pediremos que la subsanes en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu petición.
Una vez concluido el plazo de subsanación, la Comisión de Selección evaluará las solicitudes presentadas, así como las alegaciones y/o subsanaciones realizadas por los interesados, tras lo cual emitirá informe especificando los criterios de valoración seguidos y que elevará al órgano instructor. La adjudicación de las becas se realizará hasta agotar el crédito presupuestario fijado en cada convocatoria.
Emitido informe por la Comisión de Selección, se elevará propuesta de resolución por el titular de la dirección general competente en materia de Universidades.
Normativa
- Extracto de la Orden 3119/2024, de 18 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica deportiva, correspondiente al curso 2023-2024, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 209, de 2 de septiembre).
- Orden 3119/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica deportiva, correspondiente al curso 2023-2024, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
- Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 119, de 20 de mayo).
Órgano Responsable
Te puede interesar
Becas de excelencia académica-deportiva: Turno universitario (2023-2024)
30 agosto 2024Becas de excelencia para universitarios. Alumnos de nuevo ingreso. (2023-2024)
02 enero 2024Becas de excelencia (2022-2023)
11 enero 2023Becas de excelencia para universitarios. Alumnos ya matriculados (2023-2024)
09 enero 2024- 09 agosto 2022
Convocatorias anteriores
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).