Última actualización: 24/09/2024

Descripción

  • Referencia
    A637
  • Descripción

    Becas para, cursar estudios en las Universidades y Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid para alumnos con aprovechamiento académico-deportivo excelente  que están cursando una titulación universitaria o de enseñanza artística superior.

    Se convocan 170 becas para el turno universitario reservando 2 becas en cada turno para alumnos de enseñanzas artísticas superiores.  y  la cuantía es de 2.100 euros.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 03/09/2024 Fecha de fin: 23/09/2024

Destinatarios

Estudiantes que estén matriculados en:

  1. Una universidad de la Comunidad de Madrid o centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid. 
  2. Un centro superior de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

Cumplir con todos los requisitos académicos de matriculación, nota mínima y méritos deportivos:

Requisitos académicos

  • Estar y permanecer matriculados en la titulación por la que se solicita la beca, en el curso especificado en la convocatoria, en la universidad o en centros superiores de enseñanzas artísticas, en un mínimo de 40 créditos.

Nota mínima

  1. En estudios universitarios:
    1. Enseñanzas técnicas de ciclo corto y de ciclo largo, y estudios de Grado adscritos a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura: 6,65 puntos.
    2. Estudios de Medicina, dobles titulaciones y simultaneidad de estudios: 7,15 puntos.
    3. Resto de estudios: 7,65 puntos.
  2. En enseñanzas artísticas superiores: 7 puntos.

Requisitos deportivos

  1. Cumplir al menos uno de los siguientes requisitos de carácter deportivo obtenidos en los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria:
    1. Haber participado en campeonatos de Europa o del Mundo en categoría absoluta o en la inmediatamente inferior, tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las Federaciones Deportivas Madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
    2. Haber sido medallistas en campeonatos de España absolutos o en la categoría inmediatamente inferior, tanto en deportes individuales como en deportes de equipo en modalidades o especialidades deportivas reconocidas por las Federaciones Deportivas Madrileñas inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.
    3. Estar entre los tres primeros del ranking nacional oficial absoluto o en la categoría inmediatamente inferior, publicado por la Federación española correspondiente al final del año anterior o temporada según funcionamiento federativo.
    4. Además, y en el momento de solicitar la beca deben:
    5. Estar en posesión de la licencia federativa vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española.
    6. En el caso de haber obtenido el mérito deportivo representando a una comunidad autónoma distinta a la madrileña deberá tener licencia en vigor por la federación madrileña en el momento de la solicitud.
    7. No estar cumpliendo sanción firme, de carácter grave o muy grave, en materia deportiva impuesta por una federación deportiva o por la Administración.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
  2. Autorización representante (solo en el caso de que otra persona FIRME LA SOLICITUD en nombre del solicitante).
  3. Anexo III.
  4. Alumnos que ya están cursando estudios universitarios (turno universitario)
    • Si eres alumno ya matriculado en la universidad o enseñanzas artísticas superiores: Anexo II debidamente cumplimentado, firmado y sellado por tu facultad o escuela (o con firma electrónica, con Código Seguro de Verificación)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas y dudas sobre este trámite, dispones de los siguientes medios:

  1. Correos electrónicos: 
    1. Informacion.universitaria@madrid.org 
    2. excelenciadeportiva@madrid.org
  2. Teléfonos
    1. 91 720 02 06/ 91 720 02 07
    2. 91 580 17 43 / 615 330 054 / 91 276 71 38.

Documentación de interés

Tramitación

Una vez recibidas las solicitudes, la unidad responsable las estudiará y comprobara que son correctas. Si hubiera algún error te pediremos que la subsanes en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos). Si no lo haces, entenderemos que desistes de tu petición.

Una vez concluido el plazo de subsanación, la Comisión de Selección evaluará las solicitudes presentadas, así como las alegaciones y/o subsanaciones realizadas por los interesados, tras lo cual emitirá informe especificando los criterios de valoración seguidos y que elevará al órgano instructor. La adjudicación de las becas se realizará atendiendo a lo establecido en el artículo 15 de las presentes bases reguladoras hasta agotar el crédito presupuestario fijado en cada convocatoria.

Emitido informe por la Comisión de Selección, se elevará propuesta de resolución por el titular de la dirección general competente en materia de Universidades.

Plazo de respuesta

6 meses

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Universidades

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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