Descripción
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Referencia88666
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Descripción
Ayudas regionales a las Agrupaciones para Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIA) para el asesoramiento técnico en materia de gestión integrada de plagas con la finalidad de mejorar el estado sanitario de los cultivos de la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 09/01/2020 Fecha de fin: 10/02/2020
Destinatarios y/o requisitos
Las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIA).
1. La ATRIA cumplirá los siguientes requisitos:
1.1. Estará constituida libremente por agricultores cuyos predios integren una superficie mínima que haga posible el mantenimiento de un equipo técnico mínimo que garantice la eficacia de las técnicas de lucha a aplicar, de modo que resulte económico el empleo de mano de obra cualificada para la dirección de dichos trabajos técnicos y estos se realicen bajo un programa común de protección de los vegetales.
A estos efectos, la “Agrupación para Tratamientos Integrados en Agricultura ATRIA)” podrá tener alguna de las siguientes formas jurídicas:
— Asociaciones o agrupaciones de agricultores/as constituidas con dicho objetivo.
— Cooperativas agrícolas.
— Sociedades Agrarias de Transformación.
— Asociaciones u Organizaciones Agrarias.
— Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen
1.2. Podrán tener personalidad jurídica propia e independiente o, por el contrario, estar constituidas dentro de otra entidad.
1.3. El número mínimo de agricultores que la integren será de 10.
1.4. Los agricultores que integren la ATRIA acatarán las condiciones que figuren en su Reglamento de Régimen Interno, en el que se expresen la aceptación de los requisitos técnicos que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos por cada uno de sus miembros.
2. No podrán acceder a estas ayudas aquellas ATRIAS que:
2.1. Estén sujetas a una orden de recuperación, pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
2.2. Se encuentren en situación de crisis.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
Cuantía y financiación de las ayudas:
Se establece como cuantía máxima de ayuda por ATRIA y año, 15.000 euros y se limita, como cantidad máxima, a 1.500 euros el cobro, por cada asesoramiento realizado en Sanidad Vegetal y Gestión Integrada de Plagas por parte de la ATRIA.
Se podrán consultar los criterios de selección, en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Tramitación
Calendario de actuaciones
26/02/2021 | Subvenciones concedidas. Cuarto trimestre de 2020. Resolución de 11 de febrero de 2021 (BOCM nº 48, de 26 de febrero). |
Normativa
* Extracto de la Orden 2176/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas a las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en la Agricultura (ATRIA) para la mejora de la Sanidad Vegetal en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 6, de 8 de enero de 2020)
* Orden 927/2017, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de ayudas a las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en la Agricultura (ATRIA) para la mejora de la sanidad vegetal en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 127, de 30 de mayo).
Órgano Responsable
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04 enero 2018- 08 agosto 2017
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).