Descripción
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Referencia83441
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Descripción
Subvenciones para la incorporación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación para que puedan recibir una oferta de empleo y así fortalecer los equipos de investigación que desarrollan su trabajo en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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08/01/2019Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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08/01/2019
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/06/2018 Fecha de fin: 24/07/2018
Requisitos
Se podrán consultar los requisitos de los beneficiarios y de los jóvenes a contratar en el apartado información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
- Para más información pinche en el siguiente enlace
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Información Complementaria
Se podrán consultar los criterios de evaluación en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
08/01/2019 | Concesión de ayudas Orden 4401/2018, de 5 de diciembre (BOCM nº 6, de 8 de enero de 2019). |
Normativa
* Extracto de la Orden 2020/2018, de 4 de junio, del Consejero de Educación e Investigación, por la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) (BOCM nº 151, de 26 de junio).
* Orden 1662/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1921/2016, de 15 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) (BOCM nº 130, de 2 de junio)
* Orden 1921/2016, de 15 de junio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) (BOCM nº 153, de 29 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).