Última actuación

  • 11/01/2023
    Concesión y denegación de las ayudas mediante Orden 2572/2022 de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social

    Los beneficiarios han sido notificados individualmente.

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. La Dirección General competente en materia de juventud examinará las solicitudes y la documentación aportada.
  2. En caso de que la documentación esté incompleta o no cumpla los requisitos, se notificará requerimiento para su subsanación en el plazo de diez días. Si no lo hiciera, se entenderá desistido de su petición.
  3. La Comisión de Valoración analizará las solicitudes admitidas y elaborará informe con propuesta de concesión, ateniéndose a los criterios de valoración contenidos en la orden de bases regulan estas ayudas.
  4. A la vista dicho informe, la Dirección General competente elevará la propuesta resolución al titular de la Consejería competente que dictará la Orden de concesión. Se dará publicidad de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 1359/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a entidades juveniles para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes.

Calendario de actuaciones

  • 11/01/2023
    Concesión y denegación de las ayudas mediante Orden 2572/2022 de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social

    Los beneficiarios han sido notificados individualmente.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/09/2022 Fecha de fin: 15/09/2022

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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