Descripción
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Referencia74227
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Descripción
Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para las actuaciones de adecuación de local de archivo, equipamiento de local de archivo y microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos.
Calendario de actuaciones
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08/08/2016Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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08/08/2016
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 18/05/2016 Fecha de fin: 03/06/2016
Destinatarios y/o requisitos
Municipios de la Comunidad de Madrid que cumplan los siguientes requisitos en función de la subvención solicitada:
A) Adecuación de local de archivo:
1. Municipios con población igual o superior a 10.000 habitantes: Deberán contar con personal técnico archivero (al menos, un responsable del servicio de archivo).
2. Municipios con población inferior a 10.000 habitantes: En el caso de no tener el personal técnico archivero exigido, la Secretaría debe asumir explícitamente la gestión del servicio de archivo.
3. En ambos casos el local propuesto para ser adecuado como archivo deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos.
B) Equipamiento de local de archivo:
1. El local que se pretende equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos.
2. En el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos, el Ayuntamiento deberá contar con personal técnico archivero (al menos un responsable del servicio de archivo).
C) Microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos:
1. Los Ayuntamientos deberán tener personal técnico archivero (al menos un responsable del servicio de archivo).
2. Los Ayuntamientos tendrán que disponer de instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos.
3. Los documentos que vayan a ser objeto de microfilmación y/o digitalización deberán ser en soporte microfilm y en soporte digital.
Documentación a presentar
1. Solicitud, ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)).
2. Documento aprobatorio de la solicitud por el órgano competente o certificación expedida por el Secretario acreditativa de tal circunstancia.
3. En el caso de que la solicitud no estuviera firmada por el Alcalde: Documento en el que se acredite la competencia que ostenta el firmante para solicitar la subvención.
4. Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de prohibición para obtener subvenciones.
5. Declaración responsable de las ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad o, en su caso, de la ausencia de las mismas (Anexo I) (ver aparatado Gestión (Botón de Tramitar al principio de esta ficha)).
6. Declaración responsable de aportación de los fondos exigidos (Anexo II) (ver aparatado Gestión (Botón de Tramitar al principio de esta ficha)).
7. Memoria del estado del local de archivo; fotografías y planos.
8. Ayuntamientos con población igual o superior a 10.000 habitantes:
Certificación del Secretario de existencia de personal técnico archivero.
9. Ayuntamientos con población inferior a a 10.000 habitantes: Certificación del Secretario de existencia de personal técnico archivero o, en su defecto, de que ese Órgano es el responsable del Servicio de Archivo.
10. Descripción de la obra para la que solicita subvención y presupuesto.
11. Certificado de estar al corriente de pago de la Agencia Tributaria Estatal (Si se autoriza la consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
12. Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social (Si se autoriza la consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
La documentación específica para cada línea de actuación, se podrá consultar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet:
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción “Internet” que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.
Información Complementaria
Se podrá consultar los criterios de otorgamiento y su cuantía, en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
18/10/2016 | Ayudas concedidas y denegadas, durante el trecer trimestre de 2016 Resolución de 3 de octubre de 2016 (BOCM nº 250, de 18 de octubre) |
08/08/2016 | Resolución de convocatoria Orden 2713/2016, de 20 de julio (BOCM nº 188, de 8 de agosto) (Ver listado en el apartado Gestión/Listas) |
Normativa
* Orden 16/2017, de 11 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos (BOCM nº 22, de 10 de enero).
* Corrección de errores del extracto de la Orden 1621/2016, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para las actuaciones de adecuación de local de archivo, equipamiento de local de archivo y microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos, correspondiente al ejercicio 2016 (BOCM nº 137, de 10 de junio)
* Extracto de la Orden 1621/2016, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para las actuaciones de adecuación de local de archivo, equipamiento de local de archivo y microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos, correspondiente al ejercicio 2016 (BOCM nº 116, de 17 de mayo)
* Orden 1431/2013, de 1 de abril, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos (BOCM de 3 de mayo de 2013)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).