Descripción
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ReferenciaA25
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Descripción
Subvenciones destinadas a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social, imprescindibles para su autonomía personal.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 28/07/2021 Fecha de fin: 17/08/2021
Requisitos
Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social que residan en la Comunidad de Madrid.
Se podrán consultar los requisitos de los beneficiarios y los requisitos según el tipo de ayuda solicitada, en la sección Documentación de interés.
Tipos de ayudas
Los tipos de ayudas que se podrán solicitar al amparo de esta Orden son:
- Ayudas a la movilidad para:
- Desplazamientos con fines formativos y de inserción laboral, en taxi o vehículo de transporte con conductor, en lo sucesivo VTC.
- Adquisición de sillas de ruedas con motor eléctrico, únicamente en la tipología de scooter eléctrico o tecnología análoga, para la movilidad reducida.
- Adaptación de vehículos a motor, para que puedan ser conducidos por una persona con discapacidad.
- Eliminación de barreras en vehículos a motor, para trasladar a una persona con discapacidad.
- Ayudas para la adquisición de productos de apoyo, no contemplados por el sistema nacional de salud o por organismos públicos, que compensen los efectos de la discapacidad, favoreciendo su autonomía personal, entendiéndose por tales, los instrumentos que facilitan la movilidad, comunicación o adaptación al medio de la persona afectada.
- Comunicadores, ordenadores personales o dispositivos electrónicos portátiles (en lo sucesivo tableta), para personas con discapacidad que presenten problemas específicos de comunicación y/o problemas asociados a un déficit visual, y/o auditivo diagnosticado. También problemas específicos de movilidad reducida reconocida.
- Dispositivo de comunicación electrónica alternativa y aumentativa (CAA).
- Audífonos (a partir de 21 años).
- Piezas adicionales, para la conservación del implante coclear (batería, cables, antenas, y/o reparaciones del procesador).
- Instalación y/u obras de sistema de alarma para la vivienda habitual del solicitante
con discapacidad auditiva, mediante un sistema de indicador luminoso de llamadas o avisadores luminosos de timbre o telefonillo. - Camas articuladas (incluido colchón) y colchones antiescaras.
- Equipos posturales, elevadores de bañera, sillas especiales de ducha y grúas
- Plataforma o salvaescaleras para la vivienda habitual.
- Ayudas técnicas para personas con discapacidad visual.
- Lupas manuales o digitales, con o sin filtros.
- Gafas prismáticas o gafas de alta graduación (a partir de 6 dioptrías).
- Termómetro, tensiómetro o glucómetro digital parlante.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
- Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Acreditación de Identidad, en caso de ser extranjero: Podrán aportar en lugar de la TIE, copia del pasaporte. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea que no sean españoles, el pasaporte deberá ir acompañado del certificado del Registro de Ciudadanos de la Unión Europea.
- Acreditación de identidad del representante, en caso de ser extranjero: Podrán aportar en lugar de la TIE, copia del pasaporte. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea que no sean españoles, el pasaporte deberá ir acompañado del certificado del Registro de Ciudadanos de la Unión Europea
- Libro de Familia, completo o documento que lo sustituya, según establece la Ley 202011, de 21 de julio, del Registro Civil.
- En caso de tener representante: Documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho (anexo 2).
- Certificado de empadronamiento colectivo actualizado de que el beneficiario está empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, así como de los miembros integrantes de su unidad familiar. Adjuntando además otros certificados de empadronamiento, cuando con el actual no se acredite una residencia en un municipio de la Comunidad de Madrid igual o superior a un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda. En todos los Certificados de empadronamiento debe constar la antigüedad del empadronamiento en la vivienda.
- En el caso de separación o divorcio de los miembros de la unidad familiar, se aportará convenio regulador, sentencia o justificación de la situación de separación mediante la presentación de la copia de la denuncia o el trámite de separación
- Presupuesto del año actual del coste de la acción para la que se solicita la ayuda o factura si corresponde el gasto al año anterior (apartado 6.1l)
- En el caso de ayudas a la movilidad para adaptación de vehículos a motor fotocopia de: Documento acreditativo de la titularidad del vehículo
- En el caso de ayudas a la movilidad para adaptación de vehículos a motor fotocopia de: Permiso de conducir en el que conste la adaptación que precise
- Para ayudas a la movilidad para desplazamiento en taxi o VTC: Copia del Contrato de trabajo o documento justificativo que acredite la matriculación en cursos de formación reglada.
- En el caso de ayudas a la movilidad para eliminación de barreras en vehículos a motor, fotocopia de: Documento acreditativo de la titularidad del vehículo
- Documento acreditativo del grado total de discapacidad del solicitante cuando haya sido emitido por otra Comunidad Autónoma
- En caso de oposición a la consulta de los datos personales y autorización o no autorización de los datos tributarios, se deberá aportar un Anexo 3 cumplimentado y firmado por cada uno de los miembros de la unidad familiar
- Copia del documento que acredite la cuenta bancaria en la que figure el solicitante.
- Prescripción del profesional que realiza el seguimiento de las limitaciones derivadas de la discapacidad que presenta el solicitante, que acredite la necesidad de utilizar este tipo de dispositivos como apoyo técnico necesario para la discapacidad que presenta el solicitante
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Acreditación de la identidad: Documento Nacional de Identidad o, en caso de ser extranjero, Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE)
- Acreditación de identidad del representante: Documento Nacional de Identidad o, en caso de ser extranjero, Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE)
- Justificante de pensiones públicas o cualquier otro ingreso no sujeto a tributación del interesado
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Datos de renta.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa el botón CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato pdf y presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.
Normativa
- Extracto de la Orden 1194/2021, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2021 ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social (BOCM nº 177, de 27 de julio).
- Orden 1194/2021, de 16 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2021 ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social (BOCM nº 177, de 27 de julio).
- Orden 103/2019, de 6 de febrero, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica la Orden 1049/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social (BOCM nº 41, de 18 de febrero).
- Orden 1217/2017, de 14 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se corrigen errores materiales de la Orden 1049/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social (BOCM nº 178, de 28 de julio).
- Orden 1049/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social (BOCM nº 150, de 26 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).