Descripción

  • Referencia
    A304
  • Descripción

    Subvenciones a asociaciones para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal, con la finalidad de promover el asociacionismo y la participación juvenil, apoyando e impulsando la organización y desarrollo de proyectos formativos por las asociaciones que trabajan con jóvenes, dentro de la animación sociocultural y la educación no formal.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 27/04/2023
    Fase de subsanación

    Aquellas entidades a las que se ha requerido subsanación de la solicitud deberán hacerlo en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/04/2023 Fecha de fin: 24/04/2023

Destinatarios

Asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones, sin ánimo de lucro, que lleven a cabo actividades para la promoción, formación y/o integración de la juventud, y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en el de ámbito estatal.
  2. Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  3. Carecer de ánimo de lucro y disponer de plena capacidad jurídica y de obrar.
  4. Que sus fines y actividades sociales sean compatibles con la finalidad de la convocatoria y con el contenido del proyecto presentado.
  5. No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
  7. No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario según normativa en subvenciones.
  8. Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  9. Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para la realización de los proyectos para los que se solicita la subvención.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria del proyecto (Anexo III).
  2. Memoria general de la entidad. (Anexo IV)
  3. Estatutos de la entidad.
  4. Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
  5. Documentación acreditativa de que el solicitante tiene la capacidad de representación legal de la entidad.
  6. Declaración responsable del representante legal (Anexo V)
  7. Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo VI)
  8. Declaración sobre las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. (Anexo VII)
  9. Declaración responsable del representante legal de que nadie del personal (incluido el voluntario) que realiza actividades para el desarrollo del proyecto objeto de la subvención, que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (Anexo VIII)
  10. En caso de que en el desarrollo del proyecto participen voluntarios de la entidad, declaración responsable del representante legal indicando que estos voluntarios no cuentan con antecedentes penales no cancelados por delitos de violencia doméstica o de género, por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos, o por delitos de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas, o por delitos de terrorismo. (Anexo VIII)
  11. En el caso de agrupaciones, se cumplimentará por parte de cada una de las asociaciones de la agrupación, la autorización para consulta de datos personales, de acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria (Anexo IX)
  12. Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas y justificante de pago o, en su caso, documentación acreditativa de estar exento del pago de dicho impuesto.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
  2. Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas relacionadas con este trámite, puedes dirigirte al correo: escueladeanimacion@madrid.org

Documentación de interés

Manual de justificación subvenciones a asociaciones para acciones formativas jóvenes (2023)
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Tramitación

  1. El plazo de resolución y notificación será de tres meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
  2. La resolución se notificará electrónicamente a las entidades interesadas.
  3. Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa y no se haya notificado en el plazo señalado en el punto 1  de este apartado se entenderán desestimadas.
  4. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería con competencias en materia de juventud, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 785/2019, de 28 de Mayo , del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

Convocatorias anteriores

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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