Descripción

  • Referencia
    A305
  • Descripción

    Subvenciones a municipios para el desarrollo de acciones formativas, con los objetivos:

    1. Apoyar la puesta en marcha y el desarrollo de procesos formativos en los municipios de la Comunidad de Madrid, dentro del marco de la animación sociocultural y la educación no formal con jóvenes.

    2. Fomentar trabajos de investigación y estudio en las áreas de contenidos de la animación sociocultural y el tiempo libre educativo de los jóvenes.

    3. Propiciar espacios de encuentro e intercambio entre los diversos agentes que intervienen en las áreas de juventud de los municipios de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • 27/04/2023
    Fase de subsanación

    Aquellos municipios a los que se ha requerido subsanación de la solicitud deberán hacerlo en el plazo indicado en el requerimiento enviado por la unidad de tramitación.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 11/04/2023 Fecha de fin: 24/04/2023

Destinatarios

Municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid, legalmente constituidas, así como los organismos y entidades de ellos dependientes.

Requisitos

Requisitos

  1. No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
  2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
  3. No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario según la normativa de subvenciones.
  4. Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  5. Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para la realización de los proyectos para los que se solicita la subvención.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. En caso de que la capacidad de representación legal de la entidad no lo sea por razón del cargo, documentación acreditativa de dicha capacidad.
  2. Memoria del proyecto (Anexo III).
  3. Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante (Anexo IV).
  4. Declaración responsable del representante legal sobre otras ayudas solicitadas/obtenidas para el desarrollo del proyecto (Anexo V).
  5. Declaración responsable del representante legal de que, en el caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con menores, el personal que realice tales no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación de menores (Anexo VI).
  6. Además, si la solicitud se presenta por parte de agrupaciones de entidades locales (Anexo II), se cumplimentará por todos los municipios y adjuntará la Autorización para consulta de datos personales (Anexo VII).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la entidad.
  2. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas relacionadas con este trámite, puedes dirigirte al correo: escueladeanimacion@madrid.org

Documentación de interés

Manual de justificación de subvenciones a municipios para acciones formativas para jóvenes (2023)
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Tramitación

  1. El plazo de resolución y notificación será de tres meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
  2. La resolución se notificará electrónicamente
  3. Las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa y no se haya notificado en el plazo señalado en el punto 1 de este apartado se entenderán desestimadas.
  4. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería con competencias en materia de juventud, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Tres meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 805/2019, de 03 de junio , por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Juventud

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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