Descripción

  • Referencia
    A357
  • Descripción

    Ayudas para la promoción del desarrollo sostenible de las poblaciones existentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 18/05/2023 Fecha de fin: 07/06/2023

Destinatarios

Ayuntamientos situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Sierra de Guadarrama, que en el ámbito de la Comunidad de Madrid son:

Municipios en los que se encuentra ubicado el Parque Nacional:
    • Alameda del Valle.
    • Becerril de la Sierra.
    • Cercedilla.
    • El Boalo.
    • Lozoya.
    • Manzanares El Real.
    • Miraflores de la Sierra.
    • Navacerrada.
    • Navarredonda y San Mamés.
    • Pinilla del Valle.
    • Rascafría.
    • Soto del Real.

Municipios de la Zona Periférica de Protección
    • Canencia.
    • Guadarrama
    • Los Molinos.
 

Requisitos

Los Ayuntamientos que obtengan la condición de beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en las bases reguladoras de estas ayudas.  De forma expresa:

  1. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones (enlace: artículo 13 Ley General de Subvenciones) 
  2. El beneficiario deberá encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. Asimismo, deberán estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

Obligaciones

En relación con la actividad subvencionada:

  1. Ejecutar el proyecto o actividad objeto de la subvención en el plazo máximo de 6 meses, y siempre en dentro del ejercicio económico de la convocatoria. 
  2. Contar con todas las autorizaciones, permisos y licencias que sean preceptivas por razón de la actividad pretendida.
  3. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  4. Realizar las actuaciones de divulgación y señalización pertinentes indicando que la actividad ha sido financiada con cargo al programa de subvenciones de la Red de Parques. A este respecto, la edición de materiales con contenidos divulgativo o informativo requerirán la puesta en conocimiento y consentimiento previo de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de lo previsto en la orden de convocatoria.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Acuerdo de solicitud de la subvención aprobado por el órgano competente de la Entidad Local.
  2. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
  3. Memoria, proyecto o programa de inversiones cuya financiación se solicita. 
  4. En el caso de obras en inmuebles, identificación catastral del inmueble y autorización para la consulta de los datos catastrales.
  5. En su caso, justificación del volumen de empleo estable creado con la actuación subvencionable.
  6. Relación de ayudas concurrentes para la financiación del proyectos o actuación subvencionable, según modelo Anexo II.
  7. Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble, según modelo Anexo III (sólo en el caso de proyectos que impliquen inversiones en inmuebles de naturaleza rústica o urbana).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

El procedimiento de concesión conlleva las siguientes fases:

  1. Presentación de solicitudes.
  2. Subsanaciones en 10 días y si no desistimiento.
  3. Solicitud de informes territoriales (cuando proceda).
  4. Informe de la Comisión de Subvenciones del Patronato del Parque Nacional.
  5. Reunión de la Comisión de Valoración y emisión de informe.
  6. El Director General de Medio Ambiente, formula la propuesta de resolución provisional.
  7. Notificación a los interesados y plazo de 10 días para presentar alegaciones o reformulación si no se concede todo el importe.
  8. Informe de la Comisión de Coordinación del Parque Nacional.
  9. Valoración de las alegaciones y El Director General de Medio Ambiente formulará la propuesta de resolución definitiva con la relación de las solicitudes estimadas y desestimadas.
  10. Fiscalización, orden de concesión y notificación.
  11. Periodo de recurso.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2417/2016, de 08 de noviembre , del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional Sierra de Guadarrama.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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