Descripción

  • Referencia
    75517
  • Descripción

    Ayudas para potenciar la disminución del consumo energético de los vehículos destinados a autotaxi, incentivando la modernización del parque de este tipo de vehículos, con modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustibles y menores emisiones de CO2 y NOx.

Calendario de actuaciones

Requisitos

1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellas personas que, en el momento de su solicitud y hasta la concesión efectiva de la ayuda, sean profesionales autónomos, estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y sean, además, titulares de una licencia de autotaxi expedida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiariosuscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable al respecto.

Documentación a presentar

1. Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2. Fotocopia compulsada del DNI o NIE del particular o persona física o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica (en vigor).
3. Certificado del alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social
4. Declaración censal o alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
5. Fotocopia de la Licencia de autotaxi expedida por la Administración correspondiente.
d) Certificados acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.

Presentación de solicitudes

* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

* Presentación de solicitudes y documentación:
Las solicitudes de ayuda se presentarán en el punto de venta adherido donde se vaya a formalizar la compraventa de acuerdo con el procedimiento recogido en las Bases Reguladoras.

   

Información Complementaria

Podrán solicitar la subvención todos aquellos posibles beneficiarios que hayan adquirido directamente o tengan intención de adquirir directamente un vehículo de las características exigidas a partir del 23 de junio del año 2015, siempre que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y con arreglo al procedimiento previsto en las mismas.

Documentación de interés

Tramitación

Calendario de actuaciones

24/10/2017 Resolución de la convocatoria
Resolución de 10 de octubre de 2017 (BOCM nº 253, de 24 de octubre)

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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