Descripción
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Referencia84485
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Descripción
Subvenciones para potenciar una disminución de las emisiones de contaminantes atmosféricos de los vehículos destinados a autotaxi mediante la incentivación de la sustitución de estos vehículos por otros con cero o bajas emisiones de contaminantes atmosféricos.
AGOTADO EL CRÉDITO DISPONIBLE. Se seguirá el registro de solicitudes durante una semana, hasta el día 5 de octubre, que serán atendidas por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones de solicitudes o revocaciones. En ningún caso, la presentación de una solicitud, generará derecho alguno para el solicitante, hasta que no se dicte resolución expresa de dicha solicitud.
Calendario de actuaciones
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05/11/2019Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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04/11/2019
Destinatarios y/o requisitos
1. Las personas físicas que sean profesionales autónomos (correspondientes al Régimen General de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social), estén dados de alta en el impuesto de actividades económicas en el territorio de la Comunidad de Madrid y sean, además, titulares de una o varias licencias de autotaxi expedida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
2. Las pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen sus actividades en el territorio de la Comunidad de Madrid y sean, además, titulares de una o varias licencias de autotaxi expedidas en el territorio de la Comunidad de Madrid.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiario suscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable al respecto.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes de ayuda se presentarán en el punto de venta adherido donde se vaya a formalizar la compraventa de acuerdo con el procedimiento recogido en la convocatoria
Información Complementaria
Período subvencionable
Podrán solicitar la subvención todos aquellos posibles beneficiarios que hayan adquirido directamente o tengan intención de adquirir directamente un vehículo de las características exigidas a partir del 15 de septiembre del año 2017 hasta el final del plazo de presentación de solicitudes o hasta agotarse el crédito.
Cuantía
— Tramo I. Vehículos Cero emisiones: 8.000 euros/vehículo.
— Tramo II. Vehículos ECO: 2.000 euros/vehículo.
— Tramo III. Vehículos pertenecientes a la categoría Eurotaxis, adaptados para personas con movilidad reducida, no incluidos en el tramo I y clasificados como:
. Vehículos ECO: 3.000 euros/vehículo.
. Vehículos C: 2.000 euros/vehículo.
5. La ayuda se limitará a la adquisición de un único vehículo por licencia de autotaxi y a un máximo de 5 vehículos por beneficiario y por convocatoria, pudiendo solicitar ayuda para distintos vehículos de forma simultánea, en la misma solicitud de reserva, o sucesiva, en diferentes solicitudes de reserva a lo largo de la vigencia de la convocatoria respectiva.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
04/11/2019 | Resolución de la convocatoria Resolución de 23 de octubre de 2019 (BOCM nº 262, de 4 de noviembre). |
Normativa
* Extracto de la Orden 878/2018, de 11 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2018 de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes para uso de autotaxi (BOCM nº 228, de 24 de septiembre)
* Orden 323/2018, de 13 de febrero, por la que se modifica la Orden 2157/2013, de 23 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes para uso de autotaxi (BOCM nº 52, de 2 de marzo)
* Orden 2157/2013, de 23 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes para uso de autotaxi, y se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de entidad colaboradora para la gestión de dichas ayudas para el año 2013 (BOCM nº 232, de 30 de septiembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).