Descripción
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Referencia75533
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Descripción
Procedimiento para la concesión de subvenciones a los centros de formación acreditados para la impartición de certificados de profesionalidad, que tengan entre sus cometidos la promoción del empleo o el desarrollo de la formación profesional para el empleo y sus acciones de formación se ajusten a las necesidades de cualificación profesional de los jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil y a las demandas de profesionales del mercado de trabajo.
Calendario de actuaciones
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16/11/2016Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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16/11/2016
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16/11/2016
Destinatarios y/o requisitos
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los centros de formación acreditados por la administración pública competente para impartir formación profesional para el empleo de certificados de profesionalidad, en la Comunidad de Madrid, cuyos titulares jurídicos sean Corporaciones Locales, sus Organismos Autónomos o sus Sociedades o Entidades Públicas Empresariales dependientes o vinculados y las Mancomunidades que tengan entre sus cometidos la promoción del empleo o el desarrollo de la formación profesional para el empleo.
Las entidades de formación solicitantes de subvención deberán:
1. Cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas establecidos en la normativa general reguladora de las subvenciones públicas, en concreto las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 4 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo y en el artículo 16 de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre.
2. Dar a conocer el programa de formación y los requisitos establecidos para darse de alta en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil.
3. Estar en situación de alta, en la fecha de la convocatoria, en el Registro de Centros y entidades de formación acreditados para impartir formación profesional para el empleo de certificados de profesionalidad en la Comunidad de Madrid, quedando excluidos todos aquellos centros que se encontraren, en la fecha de la convocatoria, en suspensión temporal o baja definitiva en el citado registro cualquiera que fuere su causa.
4. La aceptación de la financiación por parte de los beneficiarios, implica la aceptación de su inclusión en la lista de operaciones a la que se hace referencia en el artículo 115.2 del Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre.
5. La formación se impartirá en su modalidad presencial.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Certificación del titular o persona con capacidad legal para expedirla, que identifique con seguridad la persona que ostenta su representación, fecha de efectos y que se encuentra vigente a la fecha de la presentación.
3. Copia de los Estatutos del Organismo, en su caso, o Escritura Pública de constitución.
4. Certificación del titular o persona con capacidad legal para expedirla, donde conste el acuerdo de aprobación de presentación de la solicitud.
5. Declaración responsable de la experiencia del centro de formación en la impartición de formación profesional en el programa de Convenios de Colaboración con Corporaciones Locales 2012/2013. (Anexo II) que podrá obtener en el apartado de gestión pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
6. Copia de los documentos acreditativos de la situación del centro de formación solicitante respecto a la implantación de un sistema o modelo de calidad.
7. Certificado de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social . (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria su aportación).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
Si desea conocer las diferentes especialidades de financiación puede obtener toda la información en el apartado de información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones:
16/11/2016 | Concesión de ayudas (Ver listados en el calendario) |
Normativa
* Extracto de la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación para jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, del sistema de Formación Profesional para el Empleo, para los años 2016 y 2017. (BOCM nº 183, de 2 de agosto).
* Orden de 30 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales que regulan la concesión de subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación de certificados de profesionalidad dirigidas a jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil. (BOCM nº 159, de 6 de julio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).