Descripción
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Referencia77396
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Descripción
Ayudas para la financiación de acciones de formación para jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, en la modalidad presencial.
Calendario de actuaciones
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10/07/2017Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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10/07/2017
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Destinatarios y/o requisitos
1. Ser centros de formación acreditados por la Administración pública competente, para impartir formación profesional para el empleo de certificados de profesionalidad, en la Comunidad de Madrid, cuyos titulares jurídicos sean Corporaciones Locales, sus Organismos Autónomos o sus Sociedades o Entidades Públicas Empresariales dependientes o vinculados y las Mancomunidades que tengan entre sus cometidos la promoción del empleo o el desarrollo de la formación profesional para el empleo.
Las entidades de formación solicitantes de subvención deberán:
1. Cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas establecidos en la normativa general reguladora de las subvenciones públicas, en concreto las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 4 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo y en el artículo 16 de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre.
2. Dar a conocer el programa de formación y los requisitos establecidos para darse de alta en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil.
3. Estar en situación de alta, en la fecha de la convocatoria, en el Registro de Centros y entidades de formación acreditados para impartir formación profesional para el empleo de certificados de profesionalidad en la Comunidad de Madrid, quedando excluidos todos aquellos centros que se encontraren, en la fecha de la convocatoria, en suspensión temporal o baja definitiva en el citado registro cualquiera que fuere su causa.
4. La aceptación de la financiación por parte de los beneficiarios, implica la aceptación de su inclusión en la lista de operaciones a la que se hace referencia en el artículo 115.2 del Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre.
5. La formación se impartirá en su modalidad presencial.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Tramitación
Calendario de actuaciones
10/10/2017 | Abierto el plazo para tramitar las solicitudes de anticipo. Véase el apartado, Gestión / Solicitud y acceda al impreso Solicitud de Anticipo | |
10/07/2017 | Resolución definitiva (Ver listados en el calendario) |
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03/05/2017 | Resolución provisional (Ver listados en el calendario) |
* Reclamaciones: Del 4 al 18 de mayo de 2017 |
Normativa
* Extracto de la Orden de 30 de diciembre de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación para jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, del sistema de Formación Profesional para el Empleo para el año 2017 (BOCM nº 22, de 26 de enero de 2017).
* Orden de 30 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales que regulan la concesión de subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación de certificados de profesionalidad dirigidas a jóvenes inscritos en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil (BOCM nº 159, de 6 de julio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).