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Pendiente apertura plazo
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En plazo
En plazo
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En tramitación
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Cerrado
Descripción
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Referencia70170
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Descripción
Nuevo periodo de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia.
Calendario de actuaciones
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27/01/2017Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
Documentación a presentar
1. Solicitud ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)), indicando claramente las zonas farmacéuticas a las que pretenden concurrir de entre las convocadas (Ver anexo, en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha)).
2. Justificante del abono de la tasa modelo 030 ((Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud)). IMPORTANTE: El solicitante deberá abonar una tasa por cada solicitud, esto es, una tasa por cada una de las zonas farmacéuticas solicitadas.
3. Copia del DNI del farmacéutico solicitante.
4. Toda la documentación a la que hace referencia el artículo 9.2 del mencionado Decreto 115/1997. No será necesario aportar la documentación referida en el apartado f) del citado precepto, sobre la base de lo expuesto en los antecedentes de hecho primero y segundo de la presente Resolución.
- Autobaremo (según modelo)
- Titulo de Licenciado en Farmacia o Graduado en Farmacia
- Vida Laboral actualizada
- Compromiso formal de estar colegiado en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid una vez autorizada la apertura de la oficina de farmacia (según modelo)
- Declaración responsable de ser o no titular o cotitular de oficina de farmacia a fecha de la solicitud (según modelo)
- Méritos académicos y experiencia profesional (que deberán acreditarse mediante certificaciones oficiales de la autoridad competente).
Presentación de solicitudes
* Presentación de solicitudes y documentación:
Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
Se pueden consultar las zonas farmacéuticas en el apartado Información Relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones (Resolución 117/2015, de 13 de marzo):
28/07/2017 | Listado de puntuaciones después de la Resolución de los Recursos de alzada interpuestos (Ver listado en el apartado Gestión) |
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27/01/2017 | Relación de apertura de nuevas oficinas de farmacia Resolución de 29 de diciembre de 2016 (BOCM nº 23, de 27 de enero) |
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02/08/2016 | Relación definitiva de solicitantes admitidos y excluidos Resolución de 14 de julio de 2016 (BOCM nº 183, de 2 de agosto) |
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02/08/2016 | Relación puntuación provisional (Ver listados, en el apartado Información relacionada) Resolución de 14 de julio de 2016 (BOCM nº 183, de 2 de agosto) |
Trámite de audiencia - Lugar: se realizará en el Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos y Productos Sanitarios, de la Subdirección General de Inspección y Ordenación Farmacéutica, c/ Aduana, 29, 4ª planta, 28013 Madrid. |
22/06/2015 | Relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos Resolución de 8 de junio de 2015 (BOCM nº 146, de 22 de junio) |
* Plazo para reclamaciones: Hasta el 11 de julio de 2015 |
22/01/2015 | Relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos Resolución de 28 de diciembre de 2015 (BOCM nº 18, de 22 de enero) |
* Plazo para reclamaciones: Del 23 de enero al 3 de febrero de 2016 |
Se podrán consultar los listados y en los tablones de anuncios del Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Sanidad y de las Oficinas de Atención al Ciudadano
Plazos y efectos del silencio administrativo
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: destimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Normativa
* Resolución de 29 de diciembre de 2016, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia de acuerdo con la Resolución 117/2015, de 13 de marzo, ampliada por la Resolución de 5 de octubre de 2015 (BOCM nº 23, de 27 de enero de 2017).
* Resolución de 5 de octubre de 2015, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se procede a incorporar al procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia publicado por Resolución 117/2015, de 13 de marzo, del Director General de Ordenación e Inspección, la zona farmacéutica 05.01.08 Paracuellos de Jarama, se hace público el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en dicha zona farmacéutica y se abre nuevo período de concurrencia pública en el referido procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitud/solicitudes formuladas a instancia de parte (BOCM nº 254, de 26 de octubre).
* Resolución 117/2015, de 13 de marzo, del Director General de Ordenación e Inspección, por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitud/solicitudes formuladas a instancia de parte (BOCM nº 84, de 10 de abril)
* Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de septiembre de 1997. Corrección de errores: BOCM de 3 de octubre de 1997)
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).