Última actuación
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06/09/2024Nota informativa sobre errores
Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
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Estar en posesión del Título de licenciado / graduado en Farmacia o la homologación o convalidación equivalente.
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Presentar una solicitud y realizar un abono de tasas por cada zona farmacéutica en la que pretende concursar y presentar el justificante del pago junto con la solicitud.
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Quedan exentos del pago de la tasa los farmacéuticos que se encuentren en situación de desempleo y que hayan permanecido en tal situación de forma ininterrumpida durante un año, en el momento de presentar la solicitud.
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Adjuntar su expediente indexado y foliado (consultar instrucciones en la sección Documentación de interés).
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En el caso de solicitudes conjuntas se presentarán y se adjuntarán tantos expedientes como solicitantes. Deberán cumplimentar el Anexo I “Autorización de los interesados para presentación de la solicitud conjunta”, que se encuentra al pulsar Tramitar.
Documentación
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
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Expediente de el/los interesado/s.
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Documento justificativo del abono de la correspondiente tasa/Justificante de la exención.
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Documento que acredite la representación.
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Anexo I - Autorización firmada de otros interesados para la presentación de la solicitud conjunta.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Si deseas ampliar esta información:
Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos:
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A través del correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org
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A través de los teléfonos: 91 426 90 19, 91 426 90 52 y 91 426 90 50.
Normativa
- Resolución de 28 de julio de 2023, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se amplía el plazo máximo para resolver el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, iniciado por Resolución de 28 de noviembre de 2022 (BOCM nº 195, de 17 de agosto)
- Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Directora General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitudes formuladas a instancia de parte (BOCM nº 293, de 9 de diciembre).
- Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM de 21 de julio de 2022).
- Decreto 149/2001, de 6 de septiembre, por el que se complementan los criterios de valoración para la tramitación de los expedientes de autorización de apertura de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid (BOCM de 20 de septiembre de 2001).
- Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM de 3 de diciembre de 1998).
- Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de septiembre de 1997. Corrección de errores: BOCM de 3 de octubre de 1997).
Órgano responsable
- Consejería de Sanidad
- Viceconsejería de Sanidad
- Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Autorización nueva oficina de farmaciaPagar tasa 588.49€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez recibidas las solicitudes se procederá a la revisión de las mismas, proceso tras el cual se publicará la relación provisional de admitidos y excluidos, otorgando un periodo de subsanación de 10 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Nueve meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 12/12/2022 Fecha de fin: 02/01/2023
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud