Descripción
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ReferenciaL91
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Descripción
Autorización de 56 nuevas oficinas de farmacia, distribuidas en 18 zonas farmacéuticas, a la que podrán concursar aquellos farmacéuticos interesados, mediante la solicitud y el pago de una tasa por cada zona farmacéutica en la que pretendan concursar.
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TasaRequiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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30/11/2023Se amplía el plazo de presentación de alegaciones a la lista provisional por un plazo de 5 días (hasta el 12 de diciembre)
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17/11/2023Lista provisional de baremación. Se abre plazo de alegaciones del 20 de noviembre al 1 de diciembre del 2023.
Si desea solicitar Trámite de audiencia a la puntuación provisional debe dirigirse al Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos, a través de:
- Correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org, debiendo indicar en el asunto del correo la leyenda: “alegaciones 28112022”.
- Los teléfonos: 91 426 90 52 y 91 426 90 19
Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria
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24/04/2023Relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.
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10/03/2023Lista provisional de admitidos y excluidos. Abierto plazo de presentación de reclamaciones del 13 al 27 de marzo del 2023
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 12/12/2022 Fecha de fin: 02/01/2023
Requisitos
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Estar en posesión del Título de licenciado / graduado en Farmacia o la homologación o convalidación equivalente.
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Presentar una solicitud y realizar un abono de tasas por cada zona farmacéutica en la que pretende concursar y presentar el justificante del pago junto con la solicitud.
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Quedan exentos del pago de la tasa los farmacéuticos que se encuentren en situación de desempleo y que hayan permanecido en tal situación de forma ininterrumpida durante un año, en el momento de presentar la solicitud.
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Adjuntar su expediente indexado y foliado (consultar instrucciones en la sección Documentación de interés).
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En el caso de solicitudes conjuntas se presentarán y se adjuntarán tantos expedientes como solicitantes. Deberán cumplimentar el Anexo I “Autorización de los interesados para presentación de la solicitud conjunta”, que se encuentra al pulsar Tramitar.
Documentación a presentar
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Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
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Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
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Expediente de el/los interesado/s.
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Documento justificativo del abono de la correspondiente tasa/Justificante de la exención.
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Documento que acredite la representación.
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Anexo I - Autorización firmada de otros interesados para la presentación de la solicitud conjunta.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Abona la tasa y guarda el justificante de pago.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Si deseas ampliar esta información:
Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos:
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A través del correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org
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A través de los teléfonos: 91 426 90 19, 91 426 90 52 y 91 426 90 50.
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibidas las solicitudes se procederá a la revisión de las mismas, proceso tras el cual se publicará la relación provisional de admitidos y excluidos, otorgando un periodo de subsanación de 10 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Nueve meses
Normativa
- Resolución de 28 de julio de 2023, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se amplía el plazo máximo para resolver el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, iniciado por Resolución de 28 de noviembre de 2022 (BOCM nº 195, de 17 de agosto)
- Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Directora General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitudes formuladas a instancia de parte (BOCM nº 293, de 9 de diciembre).
- Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM de 21 de julio de 2022).
- Decreto 149/2001, de 6 de septiembre, por el que se complementan los criterios de valoración para la tramitación de los expedientes de autorización de apertura de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid (BOCM de 20 de septiembre de 2001).
- Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid (BOCM de 3 de diciembre de 1998).
- Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de septiembre de 1997. Corrección de errores: BOCM de 3 de octubre de 1997).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).