Información y documentación
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- En caso de sustracción de libros ya legalizados: copia de la denuncia de sustracción presentada en alguna Comisaría de Policía o de acta notarial en la que se haya denunciado su extravío o destrucción.
- En caso de subsanación de libros ya legalizados: Certificación expedida por el Secretario del Patronato, con el visto bueno del Presidente, en la que se dé cuenta del error cometido.
- Libro Diario
- Libro de Cuentas Anuales
- Libro de Actas
- Impreso 030, acreditativo del pago de la tasa por legalización de libros de fundaciones
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Copia del DNI/NIE
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Resolución de 7 de septiembre de 2016, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la se ordena la publicación de los impresos normalizados correspondientes al Protectorado de Fundaciones (BOCM nº 226, de 21 de septiembre)
- Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de Madrid.
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Secretaría General Técnica de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Puedes pagar la tasa de dos maneras:
- Por Internet: tarjeta bancaria (Visa y Mastercard), Bizum o cargo en cuenta.
- En una entidad bancaria: descarga el modelo para realizar el pago en persona.
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Legalización libros de fundaciones
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid deberán llevar necesariamente los siguientes libros, que deberán ser legalizados por el Protectorado al que estén adscritas (Disposición Adicional Sexta y Disposición Transitoria Quinta de la Ley 1/1998):
- El Libro de Actas
- El Libro Diario
- El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
Todos los ejercicios las fundaciones deberán presentar ante el Protectorado estos libros para ser legalizados, junto el fichero que contenga el justificante de haber pagado la Tasa “Por la legalización de libros de fundaciones”, también en formato PDF.
(Puedes ver el documento Legalización de libros: instrucciones, en la sección Documentación de interés).
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud