Aviso

Los certificados de profesionalidad pasan a denominarse Certificados Profesionales

Descripción

  • Referencia
    60114
  • Descripción

    Registro y expedición de Certificado Profesional, acreditación parcial acumulable o de un duplicado.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Destinatarios

Personas que acrediten poseer las unidades de competencia que componen un Certificado Profesional.

Requisitos

  1. Para solicitar un Certificado Profesional es necesario encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Haber superado todos los módulos que componen un Certificado Profesional impartidos en cursos de formación profesional para el empleo.
    2. Haber obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia contenidas en una cualificación profesional asociada a un Certificado Profesional a través de un procedimiento de acreditación de competencias profesionales a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales.
    3. Haber obtenido una certificación académica oficial de estudios incompletos correspondiente a los módulos profesionales superados en el sistema educativo de Formación Profesional.
  2. Se podrá solicitar la acreditación parcial acumulable de las unidades de competencia asociadas a los módulos formativos que se han superado cuando no se hayan completado todos los módulos que componen el certificado profesional.

Documentación a presentar

Ten en cuenta

Las solicitudes presentadas a partir del 23 de diciembre de 2022 no tienen que abonar una tasa.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:

    Documentos a aportar junto a la solicitud:

    1. Documento acreditativo de la Comunidad de Madrid en el que se refleja la evaluación positiva (del ámbito laboral o educativo LOE-LOMCE) en los módulos formativos correspondientes.
    2. En su caso, documento acreditativo de la Comunidad de Madrid de haber realizado el módulo de formación práctica en centros de trabajo o de haber sido declarado exento de su realización.
    3. Documento acreditativo de haber demostrado poseer las Unidades de competencia solicitadas en procedimientos de reconocimiento de la experiencia laboral convocados por la Comunidad de Madrid (RD 1224/2009, de 17 de julio).
    4. Documento acreditativo de tener unidades de competencia inscritas en el Registro Nacional de Certificados de Profesionalidad por otras administraciones laborales (estatal o autonómicas).
    5. Otros documentos
    6. Autorización de representación

    La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

    1. Documento Nacional de Identidad
    2. Títulos no universitarios

    Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

    Presentación de solicitudes

    La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
    3. Selecciona una de estas dos opciones:
      1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
      2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
    4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

    Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

    • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
    • consultar su estado de tramitación.

    Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

    Documentación de interés

    Hoja Informativa solicitud Certificado Profesional a través de Procedimiento de Acreditación de Competencias
    Descargar
    333.97 KB
    Hoja Informativa Solicitud Certificados Profesionales a través de la Vía Formativa
    Descargar
    346.53 KB

    Tramitación

    El órgano competente comprobará el cumplimiento de los requisitos de la solicitud y documentación acreditativa presentada para su resolución, la cual se notificará a la persona interesada.

    Cuando se haya expedido el Certificado Profesional o, en su caso, la acreditación parcial acumulable, se informará a la persona interesada sobre la posibilidad de solicitar cita previa para su recogida.

    Se recogerá de manera presencial, acreditando la identidad, o por persona autorizada y acreditada al efecto por la persona interesada.

    Plazos y efectos del silencio administrativo

    Plazo máximo de resolución

    Seis meses

    Efecto del silencio
    Desestimatorio
    Normativa reguladora del silencio administrativo
    Orden 3681/2008, de 22 de diciembre , por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su acreditación, registro y expedición.

    Normativa

    Órgano responsable

    Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
    Viceconsejería de Economía y Empleo
    Dirección General de Formación

    El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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