Descripción

  • Referencia
    82661
  • Descripción

    Se presentará la Solicitud de alta/baja/desbloqueo de login de usuario para el acceso al Registro de Interdicciones de Acceso al Juego para gestionar el acceso al mismo a las empresas que estén obligadas a comprobar que los usuarios no estén inscritos en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

Personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de explotación de casinos, locales de apuestas, salones de juego y establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar.

Documentación a presentar

  1. Solicitud, ver apartado Gestión de esta ficha.
  2. Copia simple notarial de los poderes otorgados por el titular de la autorización del establecimiento.

Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

El Registro de Interdicciones de Acceso al Juego estará soportado por un sistema informático.

Los establecimientos de juego a los que sea de aplicación el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego deberán disponer de una conexión informática con el sistema central del soporte de dicho Registro a los efectos de poder comprobar que las personas que solicitan el acceso a los citados establecimientos no aparecen inscritas en el. La conexión servirá también para transmitir al sistema central las solicitudes de inscripción que se efectúen en el correspondiente establecimiento mediante el modelo normalizado que reglamentariamente se establezca.

Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

  • A través del teléfono:
    91 580 30 89

Tramitación

Una vez presentada la solicitud se analizará su contenido y la documentación que se acompaña, requiriendo al interesado su subsanación, en el supuesto de que faltase algún documento o requisito, en el plazo de diez días. Comprobada la documentación el órgano competente procederá a grabar el alta, la baja o a tramitar el desbloqueo del usuario.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
Dirección General de Seguridad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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