Descripción
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Referencia83704
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Descripción
Procedimiento para conceder los distintivos "Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid", cuyo objetivo es promocionar la mejora energética y ambiental de los edificios, tanto en lo relativo a su impacto en el ambiente exterior como en el interior.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/07/2018 Fecha de fin: 09/08/2018
Destinatarios y/o requisitos
Los edificios que concurran a la convocatoria deberán contar:
1. Con calificación de eficiencia energética de las clases A,B o C, obtenida de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
2. Haber implantado los sistemas de gestión indicados a continuación antes de la finalización del plazo previsto en aquella para la presentación de solicitudes:
— Sistema de gestión acreditado según la Norma UNE EN ISO 14001:2004. Sistemas de gestión ambiental. Requisitos con orientación para su uso.
— Sistema de gestión acreditado según la Norma UNE 171330-3: 2010. Calidad ambiental en interiores. Parte 3: Sistema de gestión de los ambientes interiores.
— Sistema de gestión acreditado según la Norma UNE EN ISO 50001: 2011. Sistemas de gestión de la energía. Requisitos con orientación para su uso.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Normativa
* Orden de 18 de junio de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los distintivos “Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid” y se realiza la convocatoria, en su cuarta edición (BOCM nº 162, de 9 de julio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).