Última actualización: 01/12/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 08/01/2026 Fecha de fin: 21/01/2026
  • En plazo

    • Fecha de inicio: 08/01/2026 Fecha de fin: 21/01/2026
  • En tramitación

    Fecha de inicio: 08/01/2026 Fecha de fin: 21/01/2026

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    F124
  • Descripción

    Inscripción en la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por las siguientes vías, para las personas que no reúnen los requisitos académicos necesarios para cursarlas:

    • Enseñanzas de formación profesional (válida para cursar enseñanzas deportivas de grado medio).
    • Enseñanzas de artes plásticas y diseño.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 08/01/2026 Fecha de fin: 21/01/2026

Personas destinatarias

  1. Personas que no reúnen el requisito académico exigido para el acceso a las enseñanzas correspondientes.
  2. Personas que han superado la prueba de acceso en convocatorias anteriores y quieren elevar la calificación obtenida.

Requisitos

  1. No reunir ningún requisito académico para el acceso a los ciclos formativos de grado medio.
  2. Tener una edad mínima de 17 años o cumplirlos en 2026.
  3. Indicar en el formulario de inscripción en las pruebas si solicita:
    1. Inscribirse en las pruebas:
      1. Vía de enseñanzas de formación profesional (permite asimismo acreditar el requisito académico para cursar enseñanzas deportivas de grado medio).
      2. Vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño.
      3. Ambas vías.
    2. Adaptación de la prueba por discapacidad o necesidad educativa específica:
      1. Adaptación de tiempos.
      2. Uso de ordenador.
      3. Adaptación del formato de examen.
      4. Adaptación de espacios.
      5. Intérprete de lengua de signos.
      6. Otras no contempladas en los apartados anteriores. En este caso hay que adjuntar un escrito en el que se expongan las adaptaciones que se solicitan. En ningún caso pueden modificar el contenido de las pruebas o los criterios de evaluación y calificación.
    3. Exención de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por la vía de artes plásticas y diseño. En este caso, debe aportar el certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    4. Exención de alguno o algunos de los ejercicios de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por cualquiera de las vías, acreditando la superación de materias, módulos profesionales o ámbitos:
      1. Exención del ejercicio de Lengua Castellana.
      2. Exención del ejercicio de Matemáticas.
      3. Exención del ejercicio de Digitalización.
    5. Reconocimiento de la superación o de la exención del ejercicio de Lengua Castellana, por tener superado o exento en la convocatoria correspondiente al curso 2021-2022 y siguientes, el ejercicio de Lengua Castellana y Literatura, correspondiente a la Parte I: Comunicación Lingüística, de la prueba común de acceso.
    6. Reconocimiento de la superación o de la exención del ejercicio de Matemáticas, por tener superado o exento en la convocatoria correspondiente al curso 2021-2022 y siguientes, el ejercicio de Matemáticas, correspondiente a la Parte III: Científico Tecnológica, de la prueba común de acceso.
    7. Elevar la calificación final obtenida en pruebas anteriores. En este caso, debe aportarse el certificado de calificaciones, solamente si fue obtenido en convocatorias de la Comunidad de Madrid anteriores al curso académico 2021-2022. Esta opción es compatible con la solicitud del reconocimiento de la exención de alguna de las partes.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Documento identificativo, en caso de ser diferente a DNI o NIE.
  2. En caso de solicitar la adaptación de la prueba por discapacidad o necesidad educativa específica:
    1. Dictamen técnico emitido por especialistas o profesionales sanitarios y, en su caso, informe de revisión.
    2. Informe de un especialista de los servicios de orientación educativa (en caso de presentar Dificultades Específicas de Aprendizaje).
  3. En caso de solicitar la exención de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por la vía de artes plásticas y diseño:
    1. Certificación oficial que acredite la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
  4. En caso de solicitar la exención de alguno o algunos de los ejercicios de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por haber superado materias, módulos profesionales o ámbitos:
    1. Certificación académica en la que figuren las calificaciones obtenidas en las materias, módulos profesionales o ámbitos que permiten la exención en alguno o algunos de los ejercicios.
  5. En caso de solicitar ser inscrito en la prueba común de acceso a los ciclos formativos de grado medio para elevar la calificación final obtenida en pruebas anteriores a la convocatoria del curso académico 2021-2022:
    1. Certificado de calificaciones obtenido en la prueba de acceso que corresponda.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Documento Nacional de Identidad (DNI o NIE).
  2. Certificado de discapacidad.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa el botón CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren), así como de presentación electrónica.

Si eliges la presentación electrónica, puedes identificarte por alguno de los siguientes medios:

  1. Autenticación Cl@ve:
  2. Autenticación - @SCV, con usuario y contraseña previo registro
  3. Autenticación - Roble/Raíces, con usuario y contraseña.

En aquellos casos en los que la solicitud no se presente de forma electrónica, debes dirigirla siempre al centro donde vayas a realizar la prueba. No obstante, puedes entregarla presencialmente en dicho centro, o bien en los lugares habilitados para ello.

  

Documentación de interés

Requisitos académicos que dan acceso a las diferentes enseñanzas de Grado Medio
Descargar
49.5 KB
Relación de centros educativos en los que se podrá efectuar la inscripción en la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio. Convocatoria 2025-2026
Descargar
97.95 KB
Reconocimiento de la superación o de la exención de ejercicios
Descargar
53.16 KB

Tramitación

Todas las notificaciones se llevarán a cabo de forma individualizada a cada persona interesada a través de la Secretaría Virtual del Sistema Integral de Gestión Educativa de la Comunidad de Madrid (RAÍCES).

Calendario previsto de actuaciones:

Enero:

  • Hasta el 28: La Secretaría Virtual permanecerá abierta para la aportación adicional de documentos.

Febrero:

  • Día 4:
    • Sorteo de las dos primeras letras de los apellidos, a partir de las cuales se efectuarán los traslados de centro en caso de que sea necesario.
    • Notificación de la admisión o exclusión provisional, indicando, en su caso, la causa de exclusión y el plazo para presentar, si procede, una reclamación.
  • Días 5 y 6:  Plazo de reclamación a la admisión y exclusión provisional en las pruebas de acceso.
  • Día 25:
    • Notificación de la admisión o exclusión definitiva, indicando, en su caso, el motivo de exclusión y el plazo para presentar, si procede, un recurso de alzada. Asimismo, se indicará la comisión de evaluación que corresponda, así como, en su caso, si se hubiese producido el traslado a otro centro.
    • Notificación de la estimación o desestimación provisional de las solicitudes de exención, indicando, en su caso, el motivo de desestimación y el plazo para presentar, si procede, una reclamación.
    • Notificación de la estimación o desestimación provisional de las solicitudes de reconocimiento de la superación o de la exención de alguno o algunos de los ejercicios de la prueba, indicando, en su caso, el motivo de desestimación y el plazo para presentar, si procede, una reclamación.
  • Días 26 y 27: Plazo de reclamación a la resolución provisional de exenciones, así como a la resolución del reconocimiento de la superación o de la exención de alguno o algunos de los ejercicios de la prueba.

Marzo:

  • Día 17:
    • Notificación de la estimación o desestimación definitiva de las solicitudes de exención, indicando, en su caso, el motivo de desestimación, y el plazo para presentar, si procede, un recurso de alzada. 
    • Notificación de la estimación o desestimación definitiva de las solicitudes de reconocimiento de la superación o de la exención de alguno o algunos de los ejercicios de la prueba, indicando, en su caso, el motivo de desestimación, y el plazo para presentar, si procede, un recurso de alzada.

Mayo:

  • Día 12:
    • 9:00 horas. Reunión de constitución de las comisiones de evaluación.
    • 15:30 horas. Citación y acreditación de las personas participantes.
    • 16:00 horas. Ejercicio de «Lengua Castellana». Duración 90 minutos.
    • 18:00 horas. Ejercicio de «Matemáticas». Duración 90 minutos.
    • 20:00 horas. Ejercicio de «Digitalización». Duración 60 minutos.
  • Día 28: Publicación de calificaciones de las pruebas.
  • Día 29: Plazo de reclamación a las calificaciones de las pruebas.

Junio:

  • Día 1: Plazo de reclamación a las calificaciones de las pruebas.
  • Días 2, 3 y 4: Resolución de reclamaciones y notificación por escrito a las personas interesados de forma individualizada por parte de las comisiones de evaluación.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 187/2021, de 21 de julio , del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio en la Comunidad de Madrid.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política y Organización Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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