-
Pendiente apertura plazo
-
En plazo
En plazo
-
En tramitación
-
Cerrado
Descripción
-
Referencia4086826
-
Descripción
Procedimiento para acceder a estudios de formación profesional básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 28/06/2021 Fecha de fin: 02/07/2021
Requisitos
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (tercero de ESO), o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso.
- Haber sido propuesto por el equipo docente al padre/madre o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Documentación a presentar
- Solicitud, según modelo oficial.
- Copia del DNI, NIE o Tarjeta de residencia.
- Copia del consentimiento de los padres o tutores legales sobre la propuesta de incorporación a FPB (Anexo XVII de las Instrucciones de la DG de Educación Infantil, Primaria y Secundaria por las que se establecen los modelos de documentos de evaluación de ESO para el curso 2016-17).
- Certificado oficial acreditativo de discapacidad emitido por el organismo competente de cada CC.AA. (en el caso de optar a reserva de plaza por discapacidad).
- Certificado oficial acreditativo de condición de deportista de alto rendimiento emitido por el organismo competente o fotocopia del BOE en que el solicitante esté incluido (en el caso de optar a reserva de plaza por este concepto).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Con el fin de facilitar el desarrollo del proceso de admisión, las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2021/2022 serán presentadas con carácter general por vía telemática, y serán dirigidas al primer centro incluido en la solicitud. Para la presentación de solicitudes por vía telemática los solicitantes utilizarán la Secretaría Virtual de la aplicación Raíces, que será accesible a través de la página web de la Comunidad de Madrid. En aquellos casos en los que el solicitante no pueda presentar la solicitud de admisión por vía telemática, podrá hacerlo en el centro educativo incluido en primer lugar en la misma.
Con el fin de garantizar el adecuado desarrollo del proceso de admisión, los centros educativos, las Direcciones de Área Territorial y los Servicios de Apoyo a la Escolarización gestionarán simultáneamente el proceso de admisión mediante las respectivas aplicaciones informáticas y también a través de los impresos y listados generados por dichas aplicaciones.
Información Complementaria
Puedes ampliar la información en el siguiente enlace
Documentación de interés
Normativa
- Instrucciones de la Viceconsejería de Política Educativa relativas al acceso y admisión de alumnos para cursar ciclos de formación profesional básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2021-2022 (Puedes ver la sección Documentación de Interés).
- Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación y organización de la formación profesional en la Comunidad de Madrid.
- Orden 2578/2016 de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar los ciclos de Formación Profesional Básica.
Órgano Responsable
Te puede interesar
LIX curso selectivo de formación básica para Policías Locales de nuevo ingreso (2022)
07 noviembre 2022Curso de formación básica para aspirantes a voluntarios de Protección Civil (2022)
30 junio 2022LVIII Curso selectivo de Formación Básica para Policías Locales de nuevo ingreso (2021)
22 octubre 2021Becas de excelencia para universitarios. Alumnos de nuevo ingreso. (2023-2024)
02 enero 2024- 20 septiembre 2023
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).