Descripción
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ReferenciaE767
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Descripción
Pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Salud Pública Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas3
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Plazas convocadas
3 plazas de turno libre.
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Forma de acceso
Acceso libre
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TitulaciónBachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior
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Sistema de selección
Concurso-oposición
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Más información
Calendario de actuaciones
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04/11/2024Calificaciones definitivas de la fase de concurso
Puedes presentar recurso de alzada del 5 de noviembre al 4 de diciembre de 2024, contra:
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28/08/2024Acreditación de méritos en la fase de concurso
Se abre plazo de aportación de documentos del 29 de agosto al 11 de septiembre de 2024.
Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de ´´Plantilla de acreditación de méritos´´ ubicado en la sección de Anexos.
La aportación de documentos se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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23/07/2024Lista de aprobados del ejercicio de la fase de oposición
Contra este acto puedes presentar recurso de alzada del 24 de julio al 23 de agosto de 2024.
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Requisitos
- Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Bachillerato, FP II o Formación Profesional de Grado Superior, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
- En aquellas convocatorias para ingreso en cuerpos, escalas o especialidades en las que se exija el título de Bachiller, en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
- O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.
- O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación
- El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
- Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
- Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace, accediendo a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas-Autorización presentación solicitud”, de acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado 3 de esta base tercera.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Orden 1164/2022, de 7 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Salud Pública, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 487/2021, de 18 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 147, de 22 de junio)
- Orden 487/2021, de 18 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Salud Pública Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 284, de 29 de noviembre).
- Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 111, de 11 de mayo)
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).