Descripción
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ReferenciaE2673
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Descripción
Pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (GIV, N4, AD), por el sistema de concurso.
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TasaRequiere el pago de tasas
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BOCM de la convocatoria
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Número de plazas convocadas102
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Plazas convocadas
102 plazas para turno libre.
7 plazas reservadas para personas con discapacidad.
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Forma de acceso
Acceso libre
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TitulaciónTécnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Formación Profesional de primer grado, en su rama Sanitaria
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Sistema de selección
Concurso
Calendario de actuaciones
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25/06/2024Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de subsanación del 26 de junio al 9 de julio de 2024
La presentación de subsanación se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/12/2022 Fecha de fin: 18/01/2023
Requisitos
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Requisitos generales recogidos en las bases generales por las que se rigen las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de algunas de las titulaciones que se indican a continuación:
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Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (ciclo formativo de Grado Medio, rama sanitaria) o
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Formación profesional de Primer Grado, en su rama sanitaria.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
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- Cumplimentar en la solicitud de participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios. La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
- Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en el apartado anterior, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Justificante de pago de la tasa (modelo 030) o documento justificativo de exención parcial o total del pago de la misma.
- Autorización de representación, en caso de que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúe en nombre de la persona aspirante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Documentación acreditativa de los datos de identidad declarados (NIF / NIE).
- Titulación académica exigida en la convocatoria (Solo en caso de haber abonado su tasa de expedición).
- En caso de exención total de la tasa por encontrarse en situación de desempleo, Informe de periodo ininterrumpido inscrito/a en situación de desempleo, acreditativo de dicha situación.
- En caso de exención total de la tasa por reunir la condición legal de persona con discapacidad, tarjeta o certificado vigente acreditativos del grado de discapacidad u otra documentación acreditativa de dicho extremo, expedida/o por el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
- En caso de exención total o parcial de tasa por reunir la condición de miembro de familia numerosa de categoría especial o general, respectivamente, título vigente acreditativo de dicha condición. A efectos de la consulta del título de familia numerosa, se deberá indicar la Comunidad Autónoma que haya expedido dicho título.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Normativa
- Orden 2729/2022, 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOCM nº 301, de 19 de diciembre)
- Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.(BOCM nº 79, de 3 de abril).
- Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid para el año 2022 (BOCM nº 127, de 30 de mayo).
- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE nº 312, de 29 de diciembre).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).